CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

GUTIERREZ & BECERRA LIMITADA

CVE 2506767
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
12 de junio de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
12 de junio de 2024
Notario
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
38° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38° Notaría de Santiago, Miraflores 178, piso 5, Santiago, certifico que con fecha de hoy por escritura pública, ante mi, comparecen: Don EDUARDO ANTONIO BECERRA HOEBEL, chileno, casado y separado de bienes, médico cirujano, cédula nacional de identidad número doce millones cincuenta y cuatro mil setecientos catorce guión tres, y doña CATALINA CECILIA GUTIERREZ RUIZ, chilena, casada, médico cirujano, cédula nacional de identidad número doce millones ciento catorce mil dieciséis guión cero, casada y separada de bienes, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida las Perdices número cuatro mil doscientos cuarenta, casa cuatro, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, en conformidad a las disposiciones de la Ley número tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones, teniendo presente además, las normas pertinentes de los Códigos Civil, y de Comercio. El objeto de la sociedad será prestación de servicios relacionados con la profesión de médico, médico cirujano, quirúrgicos y servicios en el área de la traumatología y ortopedia, o en todas sus especialidades, a través de la atención en forma directa o de convenios, sean estos personas naturales o jurídicas, servicios de bienestar y similares, empresas o instituciones públicas o privadas, instituciones de salud previsional, beneficiarios del fondo nacional de salud; el otorgamiento de asesorías medicas de cualquier naturaleza, otorgamiento de servicios de asistencia, docencia, investigación y extensión del área médica y en general el diagnóstico y tratamiento de enfermedades, proyectos de investigación proyectos de investigación en el área de la medicina, en el área de la comunicación, eventos científicos y periodísticos, y servicios periodísticos en áreas de medicina, comunicación, capacitación, área médica y periodística, prestar servicios, asesorías y asistencia técnica y profesional en materias económicas, comerciales, financieras, y en particular de la medicina, en todas sus formas y especialidades, asesorías en comunicación e imagen y proyectos de investigación en el área periodística y servicios administrativos y de promoción y cualquier otra actividad relacionada con la medicina, y de médico cirujano que los socios acuerden.- La razón social de será GUTIERREZ & BECERRA LIMITADA pudiendo usar la sociedad conjunta, separada o indistintamente, para toda clase de negocios, actos, contratos, fines comerciales o de propaganda, el nombre de fantasía de “GUTIERREZ & BECERRA LTDA”.- Este nombre de fantasía completo o debidamente abreviado, representará igualmente a la sociedad ante toda persona natural o jurídica, pública o privada incluida toda clase instituciones bancarias, financieras o de crédito.- La administración y el uso de razón social corresponderá a EDUARDO ANTONIO BECERRA HOEBEL, quien actuando independientemente, con amplias facultades representará a la sociedad y, quien anteponiendo la razón social a su firma, representará a la sociedad con las más amplias facultades, y las señaladas en el artículo cuarto. El capital social será la suma de $1.000.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente manera: a) El socio don EDUARDO ANTONIO BECERRA HOEBEL, aporta la suma de $600.000, de los cuales entera en este acto, de contado y en dinero. Su participación equivale a un 60% de los derechos y haberes sociales; b) La socia CATALINA CECILIA GUTIERREZ RUIZ, aporta la suma de $400.000, de los cuales entera en este acto, de contado y en dinero. Su participación equivale a un 40% de los derechos y haberes sociales. La sociedad tendrá una duración de cinco años, a contar de esta fecha, plazo que se renovará tácita e indefinidamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años. Demás estipulación en escritura extractada. Santiago a 12 de junio de 2024.