CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Andes Consultoría y Representación SpA

CVE 2506759
Fecha instrumento
13 de junio de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
13 de junio de 2024
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
Oficio
Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

El objeto será a) La importación, exportación, asesorías, servicios, compra, venta y comercialización de cables de cobre, aluminio, acero y sus derivados, como de cualquier otro producto que se estime; b) Operaciones de importación o exportación, de toda clase de productos, mercaderías, bienes de capital o equipos y)o de sus partes, accesorios y repuestos; c) La representación, en Chile, de agencias o filiales de empresas extranjeras, como cualquier otra comisión o mandato mercantil; d) La prestación de toda clase de servicios de asesoría técnica, puesta en marcha y mantención, ya sea en relación con los bienes de su propia producción o de terceros; e) Para el cumplimiento del objeto social, la sociedad podrá pactar, constituir e integrar todo tipo de sociedades de cualquier clase o naturaleza; f) y cualquier otro negocio que los accionistas acuerden establecer, se relacionen o no con los señalados;

Administración

La administración corresponderá a UNO O MAS ADMINISTRADORES, los que serán designados o revocados por la JUNTA DE ACCIONISTAS mediante escritura pública a que ésta sea reducida o por la TOTALIDAD DE LOS ACCIONISTAS mediante escritura pública, quienes anteponiendo su firma a la razón social podrán actuar indistintamente con las más amplias facultades, indicadas en el Artículo Décimo Cuarto de los estatutos. La administración podrá ejercerse personalmente por el o los administradores, o a través de uno o más delegados designados. La designación y remoción de los delegados se realizará por escritura pública

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, CERTIFICA: Que por escritura pública suscrita con fecha 13 de Junio de 2024, ante mí, doña SOLANGE TEIXEIRA GONCALVES quien viene a constituir una sociedad por acciones, la que se regirá por las estipulaciones que siguen, las que forman el estatuto social, y en su silencio por las disposiciones de los artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio, y las normas legales pertinentes de la ley número dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas, en lo relativo a las sociedades anónimas cerradas y su Reglamento. ACCIONISTA: SOLANGE TEIXEIRA GONCALVES: RAZÓN SOCIAL: Andes Consultoría y Representación SpA, pudiendo usar como nombres de fantasía Andes Productos Industriales SpA, Andes Cables SpA, Andes Importaciones SpA; OBJETO: El objeto será a) La importación, exportación, asesorías, servicios, compra, venta y comercialización de cables de cobre, aluminio, acero y sus derivados, como de cualquier otro producto que se estime; b) Operaciones de importación o exportación, de toda clase de productos, mercaderías, bienes de capital o equipos y/o de sus partes, accesorios y repuestos; c) La representación, en Chile, de agencias o filiales de empresas extranjeras, como cualquier otra comisión o mandato mercantil; d) La prestación de toda clase de servicios de asesoría técnica, puesta en marcha y mantención, ya sea en relación con los bienes de su propia producción o de terceros; e) Para el cumplimiento del objeto social, la sociedad podrá pactar, constituir e integrar todo tipo de sociedades de cualquier clase o naturaleza; f) y cualquier otro negocio que los accionistas acuerden establecer, se relacionen o no con los señalados; CAPITAL: un millón de pesos, dividido en cien acciones ordinarias, nominativas, de igual valor cada una, de una sola serie y sin valor nominal. El capital se encuentra totalmente suscrito y pagado por el accionista. ADMINISTRACION: La administración corresponderá a UNO O MAS ADMINISTRADORES, los que serán designados o revocados por la JUNTA DE ACCIONISTAS mediante escritura pública a que ésta sea reducida o por la TOTALIDAD DE LOS ACCIONISTAS mediante escritura pública, quienes anteponiendo su firma a la razón social podrán actuar indistintamente con las más amplias facultades, indicadas en el Artículo Décimo Cuarto de los estatutos. La administración podrá ejercerse personalmente por el o los administradores, o a través de uno o más delegados designados. La designación y remoción de los delegados se realizará por escritura pública. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 13 de Junio de 2024.