MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

LEAL Y HERMANOS LIMITADA

RUT 76186258-8 CVE 2505920
Fecha instrumento
17 de mayo de 2024

Instrumento

Fecha
17 de mayo de 2024
Notario
JORGE ELIAS TADRES HALES
Domicilio
Temuco

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha catorce de Mayo de dos mil veinticuatro, ante mí, Don SALOMON ELIAS LEAL CUEVAS, chileno, soltero, empresario, cédula nacional de identidad número once millones cuatrocientos nueve mil doscientos veintidós guion tres, domiciliado en Los Trilladores número cero seiscientos veintitrés, localidad de Labranza, Comuna de Temuco; don JORGE EDUARDO LEAL CUEVAS, chileno, casado, técnico en construcción, cédula nacional de identidad número once millones ochocientos dos mil doscientos uno guion siete, domiciliado en Hijuela noventa y uno lugar Quichiquepe comuna de Padre Las Casas y de paso en ésta; don JEREMIAS FRANKLIN LEAL CUEVAS, chileno, casado, técnico operador sanitario, cédula nacional de identidad número diez millones cuatrocientos cincuenta y tres mil seiscientos veintiocho guion K, domiciliado en Pasaje Haydn número cero ciento sesenta y nueve Fundo el Carmen, comuna de Temuco, y don DAVID GUILLERMO LEAL CUEVAS, chileno, divorciado, técnico operador sanitario, cédula nacional de identidad número once millones ciento ochenta mil ciento cincuenta y dos guion cinco, domiciliado en Sector La Cruz sin número lugar Quepe comuna de Freire y de paso en ésta, expusieron: Que por escritura pública de fecha cinco de julio de dos mil diecisiete otorgada ante Notario Público de Temuco, don JORGE ELÍAS TADRES HALES, Repertorio número cinco mil trescientos treinta, año dos mil diecisiete, Cuarto Bimestre año dos mil diecisiete complementada por otra otorgada por los mismos comparecientes con fecha veinte de julio de dos mil diecisiete ante el mismo notario don Jorge Elías Tadres Hales, Repertorio cinco mil setecientos cuarenta y ocho año dos mil diecisiete, cuarto Bimestre, cuyo extracto se encuentra inscrito en el Registro de Comercio a fojas mil sesenta y tres número seiscientos noventa y siete año dos mil diecisiete del Conservador de Bienes Raíces de Temuco y cuya publicación se efectuó en edición cuarenta y un mil ochocientos seis del diario oficial de fecha doce de agosto de dos mil diecisiete, procedieron a efectuar cesión de derechos sociales y modificación de la sociedad que había sido constituida por los mismos comparecientes según acto de constitución que a continuación se expresa: Por escritura pública de fecha veintidós de diciembre del año dos mil once, otorgada ante el Notario Público de Temuco, don Juan Antonio Loyola Opazao, don SALOMON ELIAS LEAL CUEVAS, JORGE EDUARDO LEAL CUEVAS, JEREMIAS FRANKLIN LEAL CUEVAS y don DAVID GUILLERMO LEAL CUEVAS constituyeron Sociedad “SALOMON LEAL Y HERMANOS LIMITADA” O “SERVICIOS SANITARIOS LEAL HNOS LTDA.”, inscrita en el registro de comercio a fojas dos mil trescientos setenta y dos número dos mil cincuenta y nueve del Conservador de Bienes Raíces de Temuco año dos mil once, y cuyo extracto se publicó en el diario oficial edición número cuarenta mil ciento cuarenta y tres de fecha veinticinco de diciembre del año dos mil once, tomándose nota al margen de la inscripción respectiva, y escritura de rectificación y complementación de fecha veinte de septiembre del año dos mil doce, inscrita en el Registro de Comercio a fojas mil novecientos once número mil cuatrocientos noventa y ocho, del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año dos mil doce y cuyo extracto se publicó en el diario oficial edición número cuarenta mil trescientos sesenta y dos de fecha trece de septiembre del año dos mil doce, tomándose nota al margen de la inscripción respectiva.- Rol Único Tributario número setenta y seis millones ciento ochenta y seis mil doscientos cincuenta y ocho guion ocho.- Capital social: Seis millones de pesos.- En la mencionada escritura de cesión de derechos sociales y modificación de la sociedad se cambió la denominación de la sociedad cuya Razón Social era SALOMON Y HERMANOS LIMITADA quedando como LEAL Y HERMANOS LIMITADA.- y su nombre de fantasía también fue modificado de SERVICIOS SANITARIOS LEAL HNOS. a SERVICE –RILE LTDA. Como producto de las cesiones de derechos sociales efectuadas según consta en la cláusula tercera de la escritura de fecha cinco de julio de dos mil diecisiete, ya citada, La sociedad quedó integrada solo por Los únicos y actuales socios de la Sociedad LEAL Y HERMANOS LIMITADA ” o SERVICE-RILE LTDA: son las siguientes personas con los porcentajes de participación social que a continuación se indican: A).- JORGE EDUARDO LEAL CUEVAS, cincuenta por ciento de los derechos sociales, con un aporte social de un millón quinientos mil pesos; B).- DAVID GUILLERMO LEAL CUEVAS, cincuenta por ciento de los derechos sociales, con un aporte social de un millón quinientos mil pesos.- PRESENTE MODIFICACION: Por instrumento extractado el socio cedente, don JORGE EDUARDO LEAL CUEVAS, vende, cede y trasfiere el cincuenta por ciento de los derechos sociales que posee, lo que equivale al veinticinco por ciento del total de los derechos de la sociedad, a don SALOMÓN ELÍAS LEAL CUEVAS, quien compra, acepta y adquiere para sí dichos derechos sociales quedando así ambos cedente y cesionario con un veinticinco por ciento cada uno de los derechos de la Sociedad LEAL Y HERMANOS LIMITADA.- A su vez, y en este mismo acto, don DAVID GUILLERMO LEAL CUEVAS, vende cede y transfiere el cincuenta por ciento de los derechos que posee lo que equivale al veinticinco por ciento del total de derechos de la Sociedad LEAL Y HERMANOS LIMITADA, a don JEREMÍAS FRANKLIN LEAL CUEVAS, quien compra acepta y adquiere para sí dichos derechos sociales quedando ambos , con un veinticinco por ciento cada uno del total de derechos de la mencionada sociedad.- reuniendo el cesionario un cincuenta por ciento de los derechos sociales en la Sociedad “LEAL Y HERMANOS LIMITADA” o “SERVICE-RILE LTDA”.- El precio de la presenta venta y cesión es la suma de tres millones de pesos que se pagan o enteran de la siguiente forma, con un millón quinientos mil pesos, que cada uno de los cesionarios pagan respectivamente a su cedente al contado de la siguiente forma, suma que se ingresa a caja social en este acto al contado y en dinero efectivo.– Que, es menester tener presente que la Sociedad “LEAL Y HERMANOS LIMITADA” o “SERVICE-RILE LTDA” quedará integrada por los socios don SALOMÓN ELÍAS LEAL CUEVAS, quien posee el veinticinco por ciento de los derechos sociales,, don JORGE EDUARDO LEAL CUEVAS, quien posee el veinticinco por ciento de los derechos sociales, don DAVID GUILLERMO LEAL CUEVAS, quien posee el veinticinco por ciento de los derechos sociales, y don JEREMÍAS FRANKLIN LEAL CUEVAS que posee también un veinticinco por ciento de los derechos sociales. Reuniéndose así en iguales porcentajes de cada uno de los cuatro socios en partes iguales el cien por ciento del total de derechos sociales de la ya referida sociedad. ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO DE RAZÓN SOCIAL: continuará sin modificación y corresponderá a los socios don JORGE EDUARDO LEAL CUEVAS y don DAVID GUILLERMO LEAL CUEVAS, quienes podrán actuar conjunta o separadamente de la forma y con todas y cada una de facultades contenidas en la cláusula tercera de la escritura de constitución social.- Los Socios declaran expresamente que las demás clausulas sociales se mantienen íntegramente sin modificación alguna.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 17 de Mayo de 2024.-