MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

LABORATORIOS GREEN MEDICAL LIMITADA

RUT 77005780-9 CVE 2505846
Fecha instrumento
17 de marzo de 1997

Instrumento

Fecha
17 de marzo de 1997
Repertorio
688
Notario
Álvaro Francisco Estrada Alvarado
Domicilio
ciudad de Casablanca

Administración

En el caso que el socio fallecido sea el administrador, la administración de la sociedad se radicará de pleno derecho y con las mismas facultades contenidas en estos estatutos en doña FRANCISCA JOSÉ CÓRDOVA WOLOSZYN, chilena, casada con separación de bienes, tecnóloga médica, cédula nacional de identidad diecisiete millones quinientos noventa y nueve mil trescientos cincuenta y ocho guion cuatro y; en la socia, doña CATALINA ANDREA CÓRDOVA WOLOSZYN, quienes deberán actuar conjuntamente. En el evento que las administradoras no pudieran acordar la forma de actuar, se autoriza, bajo su propia responsabilidad, que cada una de ellas tome facultades meramente conservativas, propias de un factor de comercio, sin perjuicio de la obligación de rendir cuenta frente a la otra administradora.”.- En lo no modificado anteriormente, rige el pacto social.- Casablanca, 11 de junio de 2024

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
LABORATORIOS GREEN MEDICAL LIMITADA socio 77005780-9

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Álvaro Francisco Estrada Alvarado, Notario Público de la ciudad de Casablanca, con oficio en Avenida Constitución número trescientos setenta y ocho, Comuna de Casablanca, certifico que por escritura de fecha once de junio del año dos mil veinticuatro, Repertorio N°688, ante mí, don GUILLERMO ENRIQUE CÓRDOVA TERÁN y doña CATALINA ANDREA CORDOVA WOLOSZYN, ambos domiciliados en calle Los Ebanistas número 8521, comuna de La Reina, Región Metropolitana, modificaron la sociedad LABORATORIOS GREEN MEDICAL LIMITADA, RUT 77.005.780-9, constituida por escritura pública del 17 de marzo de 1997, otorgada ante el Notario Público de Santiago, don Eduardo Javier Diez Morello. Un extracto de dicha escritura se inscribió a fojas 8.265 número 6.450 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Santiago correspondiente al año 1997 y se publicó en el Diario Oficial número 35.748, de fecha 23 de abril del mismo año. El referido extracto, inscrito y publicado, fue protocolizado en Santiago, con fecha 28 de abril del año mil 1997, ante el Notario Público don Eduardo Javier Diez Morello. A la presente fecha, la Sociedad ha sido objeto de una serie de modificaciones, siendo la última de ellas, la que consta en escritura pública de fecha 24 de noviembre del año 2016, otorgada en la notaría de Santiago de don Félix Jara Cadot. Un extracto de la referida escritura fue inscrito a fojas 92.732, número 50.375 del Registro del Comercio del Conservador de Bienes Raíces y de Comercio de Santiago correspondiente al año 2016 y fue publicado en el Diario Oficial con fecha 22 de diciembre del mismo año. El referido extracto, inscrito y publicado, fue protocolizado ante el Notario de Santiago don Feliz Jara Cadot con fecha 22 de diciembre del año 2016. La Sociedad no ha sufrido modificaciones posteriores a la anteriormente descrita.- La modificación consiste en: Reemplazar el artículo Décimo referente a la disolución y continuidad de la Sociedad por el siguiente: “DÉCIMO: La sociedad se disolverá anticipadamente por el acuerdo unánime de los socios o por cualquier causa legal. Sin embargo, la sociedad no se disolverá por la muerte de alguno de los socios, insolvencia o por cualquier otra causal que afecte la libre administración de sus bienes. En caso de fallecimiento de alguno de los socios durante la vigencia de la sociedad, ésta continuará con los socios sobrevivientes y los herederos del socio fallecido, quienes deberán designar de común acuerdo y por escritura pública anotada al margen de la inscripción social un representante dentro del plazo de sesenta días contados desde el fallecimiento. Dicho representante no tendrá facultades de administración. En el caso que el socio fallecido sea el administrador, la administración de la sociedad se radicará de pleno derecho y con las mismas facultades contenidas en estos estatutos en doña FRANCISCA JOSÉ CÓRDOVA WOLOSZYN, chilena, casada con separación de bienes, tecnóloga médica, cédula nacional de identidad diecisiete millones quinientos noventa y nueve mil trescientos cincuenta y ocho guion cuatro y; en la socia, doña CATALINA ANDREA CÓRDOVA WOLOSZYN, quienes deberán actuar conjuntamente. En el evento que las administradoras no pudieran acordar la forma de actuar, se autoriza, bajo su propia responsabilidad, que cada una de ellas tome facultades meramente conservativas, propias de un factor de comercio, sin perjuicio de la obligación de rendir cuenta frente a la otra administradora.”.- En lo no modificado anteriormente, rige el pacto social.- Casablanca, 11 de junio de 2024.