COOPERATIVA DE SERVICIO SANITARIO RURAL LLAYLLAY - TILTIL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 1 de junio de 2024
- Notario
- JUAN FRANCISCO ALAMOS OVEJERO
- Oficio
- 45° Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Calle Estación S/N°, localidad de Rungue, comuna de Tiltil, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- ley 20.998
Objeto social
La cooperativa no perseguirá fines de lucro y tendrá como objeto la prestación de servicios sanitarios rurales conforme a la ley 20.998, los que consistirán en la producción y distribución de agua potable, la recolección y disposición de aguas servidas, cuya área de servicio serán las localidades de Enrique Meiggs, Las Blancas, la Cumbre, Montenegro y Rungue, comunas de Llay Llay y Til Til, regiones Valparaíso y Metropolitana. La Cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios igual neutralidad en sus actividades internas. Concurren a la constitución 5 socios personas jurídicas debidamente representadas
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN FRANCISCO ALAMOS OVEJERO, Notario Público Interino de la 45° Notaria de Santiago, con oficio en Paseo Huérfanos 979, 7° piso, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifica: Que con fecha 7 de junio de 2024, Repertorio número 7.557-2024, ante mí, se redujo a escritura pública el acta constitutiva de la COOPERATIVA DE SERVICIO SANITARIO RURAL LLAYLLAY – TILTIL LIMITADA, de fecha 1 de junio del año 2024. Razón Social: COOPERATIVA DE SERVICIO SANITARIO RURAL LLAYLLAY – TILTIL LIMITADA; Domicilio: Calle Estación S/N°, localidad de Rungue, comuna de Tiltil, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero. Duración: La Cooperativa tendrá una duración indefinida. Objeto Social: La cooperativa no perseguirá fines de lucro y tendrá como objeto la prestación de servicios sanitarios rurales conforme a la ley 20.998, los que consistirán en la producción y distribución de agua potable, la recolección y disposición de aguas servidas, cuya área de servicio serán las localidades de Enrique Meiggs, Las Blancas, la Cumbre, Montenegro y Rungue, comunas de Llay Llay y Til Til, regiones Valparaíso y Metropolitana. La Cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios igual neutralidad en sus actividades internas. Concurren a la constitución 5 socios personas jurídicas debidamente representadas. Capital: El Capital inicial suscrito y pagado es de $1.000.000.- (un millón de pesos). Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 12 de junio de 2024.