SERVICIOS PROFESIONALES SICH LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de mayo de 2024
- Notario
- Notario Suplente de don EDUARDO DIEZ MORELLO
- Oficio
- 34 a Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Administración
La administración de la sociedad, el uso de la razón social, del nombre de fantasía y la representación judicial y extrajudicial de la misma corresponderá al socio don Rodrigo Silva Aravena, quién bajo su firma personal precedida de la razón social, podrá representar, a la sociedad con las más amplias facultades ante cualquier persona, autoridad o institución civil, pública, privada, bancaria, de fomento, de crédito o financiera, pudiendo obligarla sin limitaciones ni impedimentos en toda clase de actos, contratos y convenciones de cualquier naturaleza que fueren y que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, y pudiendo especialmente, además, y sin que la enumeración que a continuación se indica tenga el carácter de restrictiva o taxativa, sino meramente enunciativa…” y las facultades enumeradas en dicha cláusula
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalISABEL PEÑA LEZAETA, abogada, Notario Suplente de don EDUARDO DIEZ MORELLO, abogado, Notario Público Titular de la 34 a Notaría de Santiago, con oficio en Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, Santiago, certifico: Por escritura pública de 30 de mayo de 2024, ante el titular, don RODRIGO ADOLFO SILVA ARAVENA, chileno, casado, abogado, cédula de identidad número 9.948.448-9; y doña ALDA PATRICIA CHICOMA CASTRO, peruana, casada y separada de bienes, psicóloga, cédula de identidad para extranjeros NÚMERO 24.246.123-1, ambos domiciliados en calle Echeñique 7.113 casa D de la comuna de La Reina, Santiago; en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad “SERVICIOS PROFESIONALES SICH LIMITADA” RUT: 76.160.398-1, inscrita a fojas 45.078 número 33.317 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2011 acordaron modificar los estatutos de la sociedad. Modificación consiste en: doña ALDA PATRICIA CHICOMA CASTRO vende, cede y transfiere, a don RODRIGO ADOLFO SILVA ARAVENA el 9% de sus derechos sociales. Estos derechos se venden en la suma de $180.000 y es pagado en este acto y al contado. Por lo antes expuesto, a partir de la firma de ésta escritura, doña ALDA PATRICIA CHICOMA CASTRO, es dueña de un 1% de los derechos sociales y don RODRIGO ADOLFO SILVA ARAVENA dueño de un 99% de los derechos sociales. En virtud de lo anterior, los comparecientes doña ALDA CHICOMA CASTRO y don RODRIGO SILVA ARAVENA acuerdan modificar la clausula Quinta de la escritura de transformación de la sociedad, en el sentido que se cambia la administración, representación y uso de la razón social y; para tal efecto, acuerdan de consuno, reemplazar dicha clausula por la siguiente: “QUINTO. Administración. La administración de la sociedad, el uso de la razón social, del nombre de fantasía y la representación judicial y extrajudicial de la misma corresponderá al socio don Rodrigo Silva Aravena, quién bajo su firma personal precedida de la razón social, podrá representar, a la sociedad con las más amplias facultades ante cualquier persona, autoridad o institución civil, pública, privada, bancaria, de fomento, de crédito o financiera, pudiendo obligarla sin limitaciones ni impedimentos en toda clase de actos, contratos y convenciones de cualquier naturaleza que fueren y que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, y pudiendo especialmente, además, y sin que la enumeración que a continuación se indica tenga el carácter de restrictiva o taxativa, sino meramente enunciativa…” y las facultades enumeradas en dicha cláusula. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 05 de junio de 2024.