CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Servicios Médicos, Asesorías e Inversiones CJC SpA

RUT 16187517-1 CVE 2505226
Capital
$900.000 CLP
Fecha instrumento
11 de junio de 2024
Notaría
La Serena
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
11 de junio de 2024
Repertorio
3095-2024
Notario
Don Rubén Reinoso Herrera
Oficio
Cuarta Notaría de La Serena
Comuna
La Serena

Sociedad

Capital
$900.000 CLP
Domicilio
La ciudad de Coquimbo, Región de Coquimbo
Duración
Indefinida

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto (i) la prestación de servicios profesionales relacionados con todas las áreas de la medicina, tratamientos, cuidados y consultas médicas en general, sean éstos de carácter clínico o no, (ii) proporcionar atención médica, exámenes y consultas en centros médicos, clínicas y hospitales, a domicilio, informes, elaboración de proyectos, avances científicos e investigaciones en el área de la salud, (iii) invertir en bienes muebles corporales de cualquier clase e incorporales tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o derechos en todo tipo de fondos, participaciones, compañías y sociedades como socio, accionista o participar en ellas en cualquiera forma o a cualquier título, cualquiera sea o fuere su naturaleza y su objeto social, (iv) invertir en toda clase de títulos o valores mobiliarios e inmobiliarios, (v) la prestación y realización de toda clase de estudios, asesorías y consultorías profesionales, en especial aquellas que digan relación con alguna área de la salud u otra afín, (vi) desarrollo de actividades de docencia, inducción, cursos, talleres y otras actividades educacionales relacionadas a la salud, sea que éstas se realicen en instituciones de salud, universidades, institutos profesionales, o, en general, en cualquier clase de institución de enseñanza, media, técnica o superior, pudiendo, incluso, ejercer estas actividades en forma particular, (vii) la realización y desarrollo de todo tipo de inversiones, por cuenta propia, de terceros o en conjunto con ellos, tanto en el país como en el extranjero, en toda clase de negocios comerciales, mercantiles, industriales o simplemente de inversión, en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, urbanos, rurales, agrícolas y ganaderos, propios o de terceros, y la percepción de sus frutos civiles o naturales, incluyendo la adquisición y enajenación de los mismos; en efectos de comercio, valores mobiliarios y en acciones, pudiendo actuar libremente en el mercado bursátil, de capitales, o financiero, (viii) constituir, formar, participar o adquirir participación en toda clase de sociedades, civiles, profesionales y comerciales, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, en el país o fuera de éste, y (ix) la realización de cualquier clase de actividad que sea consistente con los giros indicados en los numerales (i) al (viii) del presente Artículo Cuarto

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Don Rubén Reinoso Herrera, abogado, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de La Serena, con oficio en Av. El Santo N° 240, comuna de La Serena, certifica: Que, por escritura de fecha siete de junio de dos mil veinticuatro, ante mí, compareció doña Constanza Natalia Jorratt Callejas, chilena, médico cirujano, soltera, cédula de identidad N° 16.187.517-1, con domicilio para estos efectos en calle Darío Salas N° 1101, comuna de Coquimbo y de paso por ésta; quien constituyó una sociedad por acciones conforme los siguientes términos: Nombre. “Servicios Médicos, Asesorías e Inversiones CJC SpA”, en adelante, la “Sociedad”, pudiendo utilizar como nombre de fantasía el término “CJC SpA”. Domicilio. La ciudad de Coquimbo, Región de Coquimbo, sin perjuicio de las agencias que se puedan establecer en otros puntos del país o el extranjero. Duración. Indefinida. Objeto. La Sociedad tendrá por objeto (i) la prestación de servicios profesionales relacionados con todas las áreas de la medicina, tratamientos, cuidados y consultas médicas en general, sean éstos de carácter clínico o no, (ii) proporcionar atención médica, exámenes y consultas en centros médicos, clínicas y hospitales, a domicilio, informes, elaboración de proyectos, avances científicos e investigaciones en el área de la salud, (iii) invertir en bienes muebles corporales de cualquier clase e incorporales tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o derechos en todo tipo de fondos, participaciones, compañías y sociedades como socio, accionista o participar en ellas en cualquiera forma o a cualquier título, cualquiera sea o fuere su naturaleza y su objeto social, (iv) invertir en toda clase de títulos o valores mobiliarios e inmobiliarios, (v) la prestación y realización de toda clase de estudios, asesorías y consultorías profesionales, en especial aquellas que digan relación con alguna área de la salud u otra afín, (vi) desarrollo de actividades de docencia, inducción, cursos, talleres y otras actividades educacionales relacionadas a la salud, sea que éstas se realicen en instituciones de salud, universidades, institutos profesionales, o, en general, en cualquier clase de institución de enseñanza, media, técnica o superior, pudiendo, incluso, ejercer estas actividades en forma particular, (vii) la realización y desarrollo de todo tipo de inversiones, por cuenta propia, de terceros o en conjunto con ellos, tanto en el país como en el extranjero, en toda clase de negocios comerciales, mercantiles, industriales o simplemente de inversión, en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, urbanos, rurales, agrícolas y ganaderos, propios o de terceros, y la percepción de sus frutos civiles o naturales, incluyendo la adquisición y enajenación de los mismos; en efectos de comercio, valores mobiliarios y en acciones, pudiendo actuar libremente en el mercado bursátil, de capitales, o financiero, (viii) constituir, formar, participar o adquirir participación en toda clase de sociedades, civiles, profesionales y comerciales, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, en el país o fuera de éste, y (ix) la realización de cualquier clase de actividad que sea consistente con los giros indicados en los numerales (i) al (viii) del presente Artículo Cuarto. Capital. $900.000, dividido y representado en 900.000 acciones nominativas, de una sola serie, íntegramente suscrito y pagado por doña Constanza Natalia Jorratt Callejas, conforme lo dispuesto en el Artículo Primero Transitorio de la escritura extractada. La accionista única compareciente limita su responsabilidad hasta la concurrencia de su aporte. Demás estipulaciones contenidas en la escritura pública extractada bajo repertorio N° 3095-2024 de esta misma Notaría y fecha. La Serena,11 de junio de 2024.