Inversiones Bamseg Limitada
Instrumento
- Fecha
- 6 de junio de 2024
- Repertorio
- 8385-2024
- Notario
- Juan Cristian Berrios Castro
- Oficio
- Titular de la Octava Notaria de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery
Sociedad
- Duración
- La sociedad comenzará a regir a contar de la fecha de la escritura extractada y durará diez años, entendiéndose renovada, en forma automática y sucesiva, por períodos de dos años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término a la expiración de un determinado período, lo que se expresará por escritura pública que se anotará al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, con ciento veinte días de anticipación, a lo menos, al respectivo vencimiento. 4
Objeto social
La Sociedad tiene por
Administración
La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a: a) don Fernando Domeyko Cassel, y a don Sebastián Domeyko Andre, actuando individual o indistintamente uno cualquiera de ellos; y)o, b) doña Martina Bar Bobillier y don Sebastián Domeyko Andre, actuando conjuntamente. En caso de ausencia, impedimento, incapacidad o fallecimiento de don Sebastián Domeyko Andre, que no será necesario acreditar ante terceros, el uso de la razón social, la administración y representación de la sociedad corresponderá a individual e indistintamente a doña Martina Bar Bobillier
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJuan Cristian Berrios Castro, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Octava Notaria de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery, ambos con domicilio en calle Huérfanos N°941, local 302, comuna de Santiago, certifica que: por escritura pública de fecha 6 de junio de 2024 bajo el repertorio 8385-2024 otorgada ante mí, don Sebastián Domeyko Andre, y doña Martina Bar Bobillier, ambos domiciliados para estos efectos en Plaza Los Espinos número diez mil ciento ochenta y nueve, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada que se regirá por los siguientes estatutos: 1. Razón Social: “Inversiones Bamseg Limitada” (en adelante, la “Sociedad”), pudiendo usar para fines comerciales, publicitarios e incluso ante bancos, instituciones financieras y el Servicio de Impuestos Internos, el nombre “Inversiones Bamseg LTDA”. 2. Objeto: La Sociedad tiene por objeto: (a) efectuar inversiones en todo tipo de sociedades, fondos de inversión, en todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, por cuenta propia o ajena, para lo cual podrá adquirir toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo acciones, derechos sociales, bonos, pagarés, efectos de comercio, letras hipotecarias, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión públicos o privados, documentos del mercado de capitales o financieros, u otros valores mobiliarios o títulos de renta o inversión, en Chile o en el extranjero, pudiendo formar, ingresar y participar en toda clase de sociedades, civiles y comerciales, ya sean colectivas, comandita por acciones o simplemente en comandita, concurriendo como socia comanditaria o gestora en éstas últimas, anónimas, de responsabilidad limitada o por acciones, cualquiera sea su objeto, así como en toda clase de comunidades, asociaciones y cuentas en participación, cualquiera fuese su naturaleza, la administración y explotación de estas inversiones y la percepción de sus frutos; (b) La realización de asesorías económicas, financieras, comercio exterior, administrativa, contable, de análisis integral o de aspectos técnicos de empresas; y, (c) Todo acto, contrato, negocio, actividad o industria que los socios acuerden en el futuro; (d) la prestación de servicios profesionales; (e) la celebración de todos los demás actos y contratos tendientes al cumplimiento del giro social señalado; y, (f) ejecutar todas las operaciones, actividades, negocios o inversiones que acuerden los accionistas y que digan relación con el objeto social. 3. Duración: La sociedad comenzará a regir a contar de la fecha de la escritura extractada y durará diez años, entendiéndose renovada, en forma automática y sucesiva, por períodos de dos años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término a la expiración de un determinado período, lo que se expresará por escritura pública que se anotará al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, con ciento veinte días de anticipación, a lo menos, al respectivo vencimiento. 4. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de un millón de pesos, que los socios aportan y enteran en dinero efectivo a la caja social en el acto de constitución de la siguiente forma: /a/ don Sebastián Domeyko Andre aporta la suma de ochocientos cincuenta mil pesos, equivalentes al ochenta y cinco por ciento de los derechos sociales; y, /b/ doña Martina Bar Bobillier aporta la suma de ciento cincuenta mil pesos, equivalentes al quince por ciento de los derechos sociales; 5. Administración, Representación y Uso de la Razón Social: La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a: a) don Fernando Domeyko Cassel, y a don Sebastián Domeyko Andre, actuando individual o indistintamente uno cualquiera de ellos; y/o, b) doña Martina Bar Bobillier y don Sebastián Domeyko Andre, actuando conjuntamente. En caso de ausencia, impedimento, incapacidad o fallecimiento de don Sebastián Domeyko Andre, que no será necesario acreditar ante terceros, el uso de la razón social, la administración y representación de la sociedad corresponderá a individual e indistintamente a doña Martina Bar Bobillier. Responsabilidad de los socios limitada al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 7 de junio de 2024.