Instrumento
- Fecha
- 15 de mayo de 2024
- Repertorio
- 8295-2024
- Notario
- Notario Suplente de EDUARDO DIEZ MORELLO
- Oficio
- 34° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $800.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) la compraventa, comercialización, arrendamiento de bienes inmuebles, sean rústicos o urbanos, amoblados o no, subarrendamiento de los mismos, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, sean urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena, cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; b) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; y c) todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con las actividades mencionadas anteriormente, y cualquier otro negocio que acordaren los accionistas, sin que sea menester para ello la reforma de los estatutos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalISABEL PEÑA LEZAETA, Notario Suplente de EDUARDO DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público, Titular 34° Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda 359, comuna de Providencia certifica: Por escritura pública de 15 de mayo de 2024, repertorio 8295- 2024, ante mí, don PABLO ANDRES URRUTIA FIGUEROA y doña MARIA FRANCISCA DIAZ ACUÑA, ambos con domicilio en San Pascual 141, departamento 46, Las Condes, constituyeron sociedad por acciones. NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: PERIOPLASTIC COMPANY SpA. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de que pueda constituir agencias, oficinas y sucursales en otros lugares del país o del extranjero, y de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados. DURACIÓN: Indefinida. OBJETO: a) la compraventa, comercialización, arrendamiento de bienes inmuebles, sean rústicos o urbanos, amoblados o no, subarrendamiento de los mismos, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, sean urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena, cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; b) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; y c) todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con las actividades mencionadas anteriormente, y cualquier otro negocio que acordaren los accionistas, sin que sea menester para ello la reforma de los estatutos. CAPITAL: $800.000, dividido en mil acciones nominativas, todas de una misma serie y de igual valor y sin valor nominal, las cuales se suscriben y pagan de la siguiente manera: PABLO ANDRES URRUTIA FIGUEROA, suscribe y paga 700 acciones, a razón de ochocientos pesos cada una de tal forma paga en este acto la suma de $560.000 de contado y quedan enterados en caja social. A su turno, MARIA FRANCISCA DIAZ ACUÑA, suscribe y paga 300 acciones, a razón de ochocientos pesos cada una de tal forma paga en este acto la suma de $240.000 de contado y quedan enterados en caja social. Quedan suscritas y pagadas la totalidad de las acciones. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 06 de junio de 2024.