CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones Nano Limitada

CVE 2504265
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
30 de mayo de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de mayo de 2024
Notario
Humberto Quezada Moreno
Oficio
26ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Administración

corresponderá a doña Olga Ximena Sangüesa Banderas, actuando en forma conjunta con una cualquiera de las otras socias; 5) Del capital social y la

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Humberto Quezada Moreno, Notario Público Titular de la 26ª Notaría de Santiago, con domicilio en Av. Apoquindo #3196, comuna de Las Condes, certifica: por escritura pública de fecha 30 de mayo de 2024, Rep. N° 3.777-2.024, otorgada ante mí, doña Olga Ximena Sangüesa Banderas, domiciliada en El Arcángel 4599, departamento 30, comuna de Vitacura, de esta ciudad; doña Marianela Andrea Maureira Sangüesa, domiciliada en Las Torcazas 70, de esta ciudad; doña María Soledad Maureira Sangüesa, del mismo domicilio anterior, y doña Ximena Cecilia Maureira Sangüesa, domiciliada en Av. Kennedy Lateral 4444, Vitacura, de esta ciudad, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, cuyos estatutos extractados son del siguiente tenor: 1) La razón o firma social: sociedad denominada Inversiones Nano Limitada (la Sociedad), pudiendo utilizar como nombre de fantasía Inversiones Nano Ltda; 2) El objeto de la Sociedad: la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, opciones, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión, derechos en sociedades y cualesquiera otros instrumentos mercantiles y mobiliarios, tanto en Chile como en el extranjero; pudiendo entre otros actos, adquirirlos, explotarlos, administrarlos, enajenarlos, percibir sus frutos, darlos en arrendamiento u otras formas de cesión temporal, por cuenta propia o ajena. Para el cumplimiento de su objeto y la inversión de los fondos disponibles, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, pudiendo constituir y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas, por acciones o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones; y, en general, realizar toda otra actividad que directa o indirectamente se relacione con las anteriores y que los socios determinen; 3) Domicilio de la Sociedad: la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o del extranjero; 4) Socios encargados de la administración y del uso de la razón social: corresponderá a doña Olga Ximena Sangüesa Banderas, actuando en forma conjunta con una cualquiera de las otras socias; 5) Del capital social y la responsabilidad de los socios. El capital social es la suma única y total de $1.000.000, íntegramente suscrito y pagado al contado y en dinero efectivo, en las siguientes cantidades y proporciones: a) doña Olga Ximena Sangüesa Banderas, la suma de $200.000, equivalentes al veinte por ciento de los derechos sociales; y b) doña Marianela Andrea Maureira Sangüesa, la suma de $268.334, equivalentes al veintiséis coma ocho tres tres cuatro por ciento de los derechos sociales; c) doña María Soledad Maureira Sangüesa, la suma de $265.833, equivalentes al veintiséis coma cinco ocho tres tres por ciento de los derechos sociales, y d) doña Ximena Cecilia Maureira Sangüesa, la suma de $265.833, equivalentes al veintiséis coma cinco ocho tres tres por ciento de los derechos sociales. La responsabilidad de los socios se limita al monto de sus respectivos aportes; 6) La época en que la Sociedad debe principiar y disolverse: la sociedad comenzará a regir a partir de la fecha de la fecha escritura de constitución y tendrá una duración de cinco años, renovable en forma tácita y automática por períodos iguales de cinco años cada uno, sin perjuicio que cualquiera de las partes manifestare su interés de no renovarla en la forma pactada en los estatutos sociales. Santiago, 5 de junio de 2024. HQM. Not. Púb.