Inversiones Extranjeras VMS Limitada
Instrumento
- Fecha
- 14 de mayo de 2024
- Notario
- Patricio Guillermo Corominas Mellado
- Oficio
- Segunda Notaria de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPatricio Guillermo Corominas Mellado, Notario Público Titular de la Segunda Notaria de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa número mil doscientos uno, local ciento uno, certifico que: Por escritura pública de fecha 14 de mayo de 2024, ante mí, la Sucesión de don Víctor Moller Schiavetti, Inversiones Vemos Limitada, Inmobiliaria Fran SpA, Inversiones Alberto SpA e IMG Financiera SpA, todos domiciliados para estos efectos en Avenida del Cóndor N° 600, Piso 2, comuna de Huechuraba, únicos socios de INVERSIONES EXTRANJERAS VMS LIMITADA, Rol Único Tributario número 76.528.515-1, inscrita a fojas 86.826, número 50.739, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2015, en adelante la “Sociedad”, acordaron lo siguiente: /A/ Designación de Mandatario común: La Sucesión de don Víctor Moller Schiavetti, en virtud de lo dispuesto en el artículo 14 de los Estatutos sociales, designó como mandatario común para actuar ante la Sociedad a don Víctor Edmundo Moller Opazo, a don Alberto Nicolás Moller Opazo y a doña María Francisca Moller Opazo, para que actuando conjuntamente, dos cualquiera de ellos, representen los intereses de la Sucesión de don Víctor Moller Schiavetti ante la Sociedad y ante los restantes socios, cuestión que fue aceptada por los restantes socios de la Sociedad. /B/ Modificación de los Estatutos Sociales: Los socios modificaron el artículo séptimo de los estatutos sociales relativo a la administración, representación y uso de la razón social, la cual corresponderá a doña Ana María Opazo Herreros, a don Víctor Edmundo Moller Opazo, a don Alberto Nicolás Moller Opazo y a doña María Francisca Moller Opazo, quienes actuando conjuntamente, dos cualesquiera de ellos, podrán representar a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, sin limitaciones de ninguna especie. En lo no modificado se mantienen vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 31 de mayo de 2024.