CONSTRUCTORA Y GESTION INMOBILIARIA GONZALO VALDERRAMA YAÑEZ E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 28 de mayo de 2024
- Repertorio
- 857
- Notario
- MAXIMILIANO ANTONIO CONCHA URETA
- Domicilio
- Titular doña Paulina Alejandra Sotomayor Graepp
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMAXIMILIANO ANTONIO CONCHA URETA, Abogado, Notario Público Suplente de la Titular doña Paulina Alejandra Sotomayor Graepp, con oficio en Villa Alemana, Calle Patricio Lynch número treinta y nueve, en virtud del decreto económico número noventa y cuatro de dos mil veinticuatro, del Juzgado de Letras de Villa Alemana, de fecha quince de mayo de dos mil veinticuatro, Protocolizado bajo el Repertorio número ochocientos doce, con fecha veinte de mayo de dos mil veinticuatro, en el Registro de Instrumentos Públicos a mi cargo, Tercer Bimestre año dos mil veinticuatro, comparece Certifico: Por escritura de fecha 28 de mayo de 2024, Repertorio N° 857, ante mí, don GONZALO GILBERTO VALDERRAMA YAÑEZ, chileno, soltero, constructor civil, cincuenta años de edad, cédula nacional de identidad número doce millones trescientos noventa y dos mil doscientos sesenta y dos guion k, domiciliado en calle Carrera mil quinientos cuarenta y cinco, comuna de Villa Alemana, modifica empresa CONSTRUCTORA Y GESTION INMOBILIARIA GONZALO VALDERRAMA YAÑEZ E.I.R.L.”, pudiendo actuar con el nombre de fantasía “ARIMEZ E.I.R.L.”, rol único tributario número setenta y seis millones trescientos cuarenta y nueve mil doscientos treinta y tres guion ocho, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial número cuarenta mil setecientos tres, con fecha once de noviembre del año dos mil trece y se inscribió a fojas doscientos setenta y siete número doscientos veintisiete en el Registro de Comercio del año dos mil trece, a cargo del Conservador de Bienes Raíces, Comercio y Minas de Villa Alemana, en el siguiente sentido: a) aumentando el capital empresarial: En Cláusula Cuarto del acto constitutivo se instituye el capital de la empresa la que es modificada, aumentando el capital empresarial, por la siguiente: “CUARTO: El capital de la empresa individual de responsabilidad limitada será la suma de QUINCE MILLONES DE PESOS, que el constituyente aporta en este acto al contado y en dinero efectivo, y que se encuentran ingresados en arcas empresariales”. En lo no modificado se mantiene íntegramente vigente el pacto constituyente. Demás estipulaciones en escritura extractada. VILLA ALEMANA A 06 DE JUNIO DE 2024.-