Instrumento
- Fecha
- 20 de mayo de 2024
- Repertorio
- 15174-2024
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
- Oficio
- 43ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto desarrollar las siguientes actividades: a) prestación de todo tipo de servicios profesionales, asesorías, consultorías, investigaciones de mercado, encuestas de opinión pública, inspecciones, certificaciones; acreditaciones institucionales a personas naturales, jurídica, empresas e instituciones públicas o privadas -con y sin fines de lucro– tanto en Chile como en el extranjero; la elaboración de proyectos, investigación, capacitación laboral, asesorías, tasaciones, estudios de factibilidad, y todos los actos, contratos y negocios encaminados a tales fines; b) Certificaciones de competencias laborales; la creación y dictación de cursos de capacitación y formación en la áreas técnicas, científicas, sociales, culturales, humanísticas, artísticas y otras; c) La asesoría en selección, formación y contratación de personal de planta o auxiliar en relación con las necesidades del Comercio, Empresas o Industrias Particulares como también de instituciones del sector público; d) La prestación de Servicios Profesionales en cualquier área, sin limitación alguna, a personas naturales o jurídicas, particulares o públicas, nacionales o extranjeras; e) la prestación de toda clase de asesorías, consultorías y servicios de carácter jurídico, comercial, financiero, urbanístico, educacional, la inversión y explotación de todo tipo de bienes muebles, inmuebles, corporales e incorporales; La adquisición y administración de centros de estudios, centros de formación técnica, profesional o universitaria; f) la obtención de rentas de todo tipo de capitales mobiliarios e inmobiliarios; la realización de inversiones de bienes incorporales muebles de todo tipo acciones, bonos, cuotas de fondos mutuos y títulos valores en general; la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y)o asociada o en coparticipación con terceros y cualquier otra actividad, que los socios acuerden de conformidad a los objetivos señalados
Administración
De acuerdo con lo establecido en la escritura de constitución de sociedad.
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, abogado, Notario Público, Titular de la 43ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 835, Piso 18, ciudad de Santiago, certifico: Por escritura de fecha 20/05/2024, Repertorio 15.174-2024, suscrita ante mí, Don César Antonio Rojas Ríos, chileno, abogado, casado, cédula nacional de identidad N°8.241.077-5,; Don Cristian René López Simonet, chileno ingeniero comercial, cédula nacional de identidad N°8.547.867-2 y don Cristian Alejandro Vargas Cisterna, chileno, abogado, soltero, cédula nacional de identidad número 12.141.1742-5, todos domiciliados en calle Doctor Sótero del Río N°508, oficina 624, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, constituyen sociedad por acciones.- Razón social: “TERRITORIO DIGITAL SpA” nombre de fantasía “TERRITAL SpA”.- Duración: Indefinida.- Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de agencias.- Objeto: La sociedad tendrá por objeto desarrollar las siguientes actividades: a) prestación de todo tipo de servicios profesionales, asesorías, consultorías, investigaciones de mercado, encuestas de opinión pública, inspecciones, certificaciones; acreditaciones institucionales a personas naturales, jurídica, empresas e instituciones públicas o privadas -con y sin fines de lucro– tanto en Chile como en el extranjero; la elaboración de proyectos, investigación, capacitación laboral, asesorías, tasaciones, estudios de factibilidad, y todos los actos, contratos y negocios encaminados a tales fines; b) Certificaciones de competencias laborales; la creación y dictación de cursos de capacitación y formación en la áreas técnicas, científicas, sociales, culturales, humanísticas, artísticas y otras; c) La asesoría en selección, formación y contratación de personal de planta o auxiliar en relación con las necesidades del Comercio, Empresas o Industrias Particulares como también de instituciones del sector público; d) La prestación de Servicios Profesionales en cualquier área, sin limitación alguna, a personas naturales o jurídicas, particulares o públicas, nacionales o extranjeras; e) la prestación de toda clase de asesorías, consultorías y servicios de carácter jurídico, comercial, financiero, urbanístico, educacional, la inversión y explotación de todo tipo de bienes muebles, inmuebles, corporales e incorporales; La adquisición y administración de centros de estudios, centros de formación técnica, profesional o universitaria; f) la obtención de rentas de todo tipo de capitales mobiliarios e inmobiliarios; la realización de inversiones de bienes incorporales muebles de todo tipo acciones, bonos, cuotas de fondos mutuos y títulos valores en general; la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros y cualquier otra actividad, que los socios acuerden de conformidad a los objetivos señalados. Capital: El capital de la Sociedad es la cantidad de $2.000.000.-, dividido en 200 acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y con el siguiente valor nominal: $10.000.-, que se suscriben, enteran y pagan por los accionistas constituyentes de la siguiente manera: A) César Antonio Rojas Ríos, suscribe: 60 acciones ordinarias de la Serie única, equivalentes a la suma de seiscientos mil pesos del capital social, que paga en dinero efectivo y al contado, los que en este acto ingresan a la caja social. B) Cristian René López Simonet suscribe: 60 acciones ordinarias de la Serie única, equivalentes a la suma de seiscientos mil pesos del capital social, que paga en dinero efectivo y al contado, los que en este acto ingresan a la caja social. C) Cristian Alejandro Vargas Cisterna, suscribe: 80 acciones ordinarias de la Serie única, equivalentes a la suma de ochocientos mil pesos del capital social, que paga en dinero efectivo y al contado, los que en este acto ingresan a la caja social. Administración: De acuerdo con lo establecido en la escritura de constitución de sociedad. - Demás estipulaciones escritura constan en escritura extractada. Santiago 31 de mayo del año 2024.-