SOCIEDAD INMOBILIARIA ALEE ABRAHAM SpA
Instrumento
- Fecha
- 15 de mayo de 2024
- Notario
- LUIS GUILLERMO ALVAREZ DONOSO
- Domicilio
- Títular Linares
Sociedad
- Capital
- $300.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS GUILLERMO ALVAREZ DONOSO, Abogado, Notario Público Títular Linares, domiciliado en calle Independencia N° 566, Linares, Certifica: Por escritura pública de fecha 15 de Mayo del año 2024, otorgada ante el Notario Público Suplente de Linares, don Héctor de la Paz Arenas, doña ELENA EUGENIA ALEE ABRAHAM, chilena, rentista, divorciada, cédula nacional de identidad número 5.175.241-4, por si y en representación, según se acredita de la SOCIEDAD INMOBILIARIA ALEE ABRAHAM SpA, sociedad del giro de su denominación, Rol Unico Tributario 77.690.933-5, ambos con domicilio en calle San Martin N° 556 A, de la comuna de Linares, y doña ELENA EUGENIA NAJLE ALEE, chilena, psicóloga, soltera, domiciliada para estos efectos en calle San Martín N° 556 A, de la ciudad de Linares, cédula nacional de identidad número 14.289.323-1; las comparecientes, mayores de edad, vienen en efectuar las siguiente actuaciones: la primera, doña ELENA EUGENIA ALEE ABRAHAM, chilena, rentista, divorciada, cédula nacional de identidad número 5.175.241-4, por si y en representación, según se acredita de la SOCIEDAD INMOBILIARIA ALEE ABRAHAM SpA, sociedad del giro de su denominación, Rol Unico Tributario 77.690.933-5, modifica la escritura de constitución de sociedad de fecha 9 de noviembre del año 2022, otorgada ante el Notario Público Títular de Linares don LUIS GUILLERMO ALVAREZ DONOSO, con domicilio en calle Independencia N° 566 de la ciudad de Linares, la compareciente, constituyó una sociedad inmobiliaria por acciones denominada SOCIEDAD INMOBILIARIA ALEE ABRAHAM SpA, sociedad del giro de su denominación, cuyo Rol Único Tributario, en la actualidad es 77.690.933-5. Su extracto se encuentra debidamente inscrito a Fojas 222 vuelta número 198, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Linares correspondiente al año 2022, el que fuere publicado en el Diario Oficial de la República de Chile con fecha 7 diciembre del año 2022, Edición N° 43.410, encontrándose vigente hasta el día de hoy. MODIFICACIONES: 1.- Modificación al artículo QUINTO del estatuto social: Por este acto se modifica el artículo referido de estatuto social de la sociedad, que dice relación con el capital social de la misma, el que queda con la siguiente redacción. “El capital de la sociedad será de trescientos millones de pesos ($300.000.000), dividido en trescientos millones de acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, de una misma serie y de igual valor, que se suscribe y paga de la forma que se indica en el ARTICULO PRIMERO TRANSITORIO, de estos estatutos. 2.- Modificación al artículo DECIMO SEGUNDO del estatuto social: Por este acto se modifica el artículo referido de estatuto social de la sociedad, que dice relación con la administración de la misma, el que queda con la siguiente redacción. “ARTÍCULO DECIMO SEGUNDO: La administración de la sociedad será ejercida por doña ELENA EUGENIA ALEE ABRAHAM y DOÑA ELENA EUGENIA NAJLE ALEE de nacionalidad chilena, psicóloga, soltera, domiciliada para estos efectos en calle San Martín número quinientos cincuenta y seis letra-A de la ciudad de Linares, cédula nacional de identidad número catorce millones doscientos ochenta y nueve mil trescientos veintitrés guion uno (14.289.323-1), quienes actuando conjunta o separadamente representarán judicial y extrajudicialmente a la sociedad, tendrán a su cargo la atención inmediata de los negocios sociales, el manejo del giro ordinario, y para el cumplimiento del objeto social, estarán investidos de todas las facultades de administración y disposición que la Ley o que el ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO de los Estatutos sociales le otorguen, aun las que se establezcan como privativas. VENTA DE ACCIONES: Doña ELENA EUGENIA ALEE ABRAHAM, por si y en la representación que inviste, vende, cede y transfiere los trescientos millones de acciones, en que se distribuye el 100% (cien por ciento), del capital social, singularizadas en el TITULO SEGUNDO del pacto social, CLAUSULA QUINTA del mismo instrumento a doña ELENA EUGENIA NAJLE ALÉE, ya individualizada, quien, por su parte, declara comprarlas, aceptarlas y adquirirla para sí. Demás estipulaciones en contrato extractado. En lo demás permanece inalterable pacto social y sus posteriores modificaciones.- Linares, 4 de Junio de 2024.