CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

CENTROS DE ESTETICA HARMONY SpA

RUT 13817713-0 CVE 2503552
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
24 de mayo de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
24 de mayo de 2024
Repertorio
23687-2024
Notario
MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
38° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Objeto social

El objeto de la sociedad será la realización, en Chile o en el extranjero, por cuenta propia, de terceros, o asociados a terceros, de las siguientes operaciones y)o actividades: /a) adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, y cualquier forma de explotación de toda clase de bienes inmuebles para destinarlo a establecimientos de salones de belleza, centros de estética, peluquería, spa y demás establecimientos relacionados con la industria de la belleza, tratamientos estéticos y terapias corporales o cuidados de la piel; /b) prestación de servicios de estética y procedimientos ambulatorios relacionados con la belleza y la estética, tanto faciales como corporales; c) prestación de servicios relajantes y quiroprácticos, relacionados, pero no limitados, a la masoterapia reductora y descontracturante; d) importación, exportación, comercialización y elaboración de todo tipo de materias, insumos, productos relacionados con el desarrollo de las actividades señaladas precedentemente; y, /e) en general cualquier actividad que se relacione directa o indirectamente con las indicadas. Para el cumplimiento de los fines sociales la Sociedad podrá ejecutar y celebrar todos los actos y contratos que se estimen necesarios o conducentes al cumplimiento de los fines sociales, a la realización de los negocios que los accionistas acuerden o a la inversión en todo tipo de bienes de los fondos disponibles, sin limitación o restricción alguna

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, abogado, Notario Público Titular de la 38° Notaría de Santiago, con oficio en calle Miraflores N°178, quinto piso, comuna de Santiago, certifica que: por escritura pública de fecha 24 de mayo de 2024, bajo repertorio N°23.687-2024, ante mí, el señor GONZALO FERNANDO OYARZÚN VARAS, cédula de identidad N°13.817.713-0, constituyó una sociedad por acciones de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Nombre: “CENTROS DE ESTETICA HARMONY SpA”, pudiendo usar para fines comerciales, publicitarios, de propaganda o bancarios, la abreviatura o nombre de fantasía “ESTETICA HARMONY”.- Objeto: El objeto de la sociedad será la realización, en Chile o en el extranjero, por cuenta propia, de terceros, o asociados a terceros, de las siguientes operaciones y/o actividades: /a/ adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, y cualquier forma de explotación de toda clase de bienes inmuebles para destinarlo a establecimientos de salones de belleza, centros de estética, peluquería, spa y demás establecimientos relacionados con la industria de la belleza, tratamientos estéticos y terapias corporales o cuidados de la piel; /b/ prestación de servicios de estética y procedimientos ambulatorios relacionados con la belleza y la estética, tanto faciales como corporales; c) prestación de servicios relajantes y quiroprácticos, relacionados, pero no limitados, a la masoterapia reductora y descontracturante; d) importación, exportación, comercialización y elaboración de todo tipo de materias, insumos, productos relacionados con el desarrollo de las actividades señaladas precedentemente; y, /e/ en general cualquier actividad que se relacione directa o indirectamente con las indicadas. Para el cumplimiento de los fines sociales la Sociedad podrá ejecutar y celebrar todos los actos y contratos que se estimen necesarios o conducentes al cumplimiento de los fines sociales, a la realización de los negocios que los accionistas acuerden o a la inversión en todo tipo de bienes de los fondos disponibles, sin limitación o restricción alguna.- Capital: El capital de la sociedad asciende a la suma de $1.000.000.-, dividido en 1.000.000.- de acciones, sin valor nominal, de una sola serie y del mismo valor cada una, el que se encuentra íntegramente suscrito y pagado por el señor GONZALO FERNANDO OYARZÚN VARAS.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 4 de 06 de 2024.