Sicut Palma SpA
Instrumento
- Fecha
- 28 de mayo de 2024
- Repertorio
- 8935-2024
- Notario
- otorgada ante don Eduardo Javier Diez Morello
- Oficio
- Trigésima Cuarta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley 19.499
Objeto social
prestación de servicios profesionales”, debe decir: “Objeto: El objeto de la sociedad es el desarrollo de: Servicios de ingeniería y actividades conexas de consultoría técnica. Evaluación de riesgos y daños. Servicios de arbitraje, síndicos de quiebra y peritos judiciales. Enseñanza superior en universidades públicas. Enseñanza superior en universidades privadas. Enseñanza superior en institutos profesionales. Enseñanza superior en centros de formación técnica.”.- Santiago, 30 de mayo del año 2024
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, titular 34ª Notaría Santiago, Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, CERTIFICO: por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 28 de mayo de 2024, repertorio 8.935-2024, comparecen los señores JORGE ARNALDO CASTRO SIERRALTA y RICARDO ANDRÉS MUTIS MAGAGNATO, en calidad de únicos accionistas de la sociedad Sicut Palma SpA, y vienen en sanear en virtud de la Ley 19.499, la escritura pública de constitución de la sociedad de fecha 12 de octubre de 2023, otorgada ante don Eduardo Javier Diez Morello, Notario Público Titular de la Trigésima Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda número nueve trescientos cincuenta y nueve, comuna de Providencia, por contener una disconformidad esencial entre el extracto de constitución social que consta inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 88547 N° 37963 del año 2023 y su respectiva escritura pública, puesto que el extracto no señaló correctamente el Objeto de la sociedad, limitándose a indicar que correspondía únicamente a la “prestación de servicios profesionales”, no obstante, conforme lo regulado en el numeral 3° del Artículo 426 del Código de Comercio, lo correcto era reproducirlo íntegramente de la misma forma como está expresado en la escritura pública de constitución. Así, en el extracto de constitución, donde dice: “Objeto: prestación de servicios profesionales”, debe decir: “Objeto: El objeto de la sociedad es el desarrollo de: Servicios de ingeniería y actividades conexas de consultoría técnica. Evaluación de riesgos y daños. Servicios de arbitraje, síndicos de quiebra y peritos judiciales. Enseñanza superior en universidades públicas. Enseñanza superior en universidades privadas. Enseñanza superior en institutos profesionales. Enseñanza superior en centros de formación técnica.”.- Santiago, 30 de mayo del año 2024.