INMOBILIARIA LAGUNA PARRILLAR S.A.
Instrumento
- Fecha
- 10 de abril de 2024
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $4.630.076.689 CLP
- Domicilio
- la ciudad de Santiago
- Duración
- 30 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante una declaración en tal sentido efectuada por escritura pública, de la que deberá tomarse nota en el registro pertinente al margen de la inscripción social con, a lo menos, 6 meses de anticipación al vencimiento del respectivo período
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto i) la compra, venta, arriendo y administración de todo tipo de bienes raíces, edificios, viviendas, loteos, urbanizaciones y terrenos; ii) la ejecución, desarrollo y estudio de proyectos de ingeniería, arquitectura, construcción e inmobiliarios, por cuenta propia o ajena, como contratista o subcontratista; iii) la participación en todo tipo de sociedades, públicas o privadas, como socio, accionista o administrador, con personas naturales o jurídicas, cualquiera sea su objeto o nacionalidad; iv) actuar como representante, agente o comisionista de empresas nacionales o extranjeras, dedicadas a la fabricación, elaboración, distribución de maquinarias, bienes y productos destinados a la industria y al rubro de la construcción
Administración
La administración y representación de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a Inmobiliaria Casa del Valle Limitada, actuando a través de uno o más apoderados designados por escritura pública, con las más amplias facultades y poderes de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el giro social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico: por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 10 de abril de 2024, se redujo a escritura pública el acta de la junta extraordinaria de accionistas de INMOBILIARIA LAGUNA PARRILLAR S.A., celebrada con la misma fecha, inscrita a fojas 85.605, número 43.927 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2018, en la que se acordó transformarla en una sociedad de responsabilidad limitada, denominada Inmobiliaria Laguna Parrillar Limitada, cuyos únicos socios son Inmobiliaria Casa del Valle Limitada, domiciliada para estos efectos en esta ciudad, Avenida Valle Escondido número 4.540, departamento 304, comuna de Lo Barnechea; Inversiones Herrfrank Limitada, domiciliada para estos efectos en Avenida El Golf número 99, oficina 701, comuna de Las Condes; e, Inversiones Bonanza SpA, domiciliada para estos efectos en calle Paseo de los Novicios número 3.951, comuna de Lo Barnechea. Se fijó y aprobó el texto de sus estatutos: Razón social: Inmobiliaria Laguna Parrillar Limitada. Objeto: La sociedad tendrá por objeto i) la compra, venta, arriendo y administración de todo tipo de bienes raíces, edificios, viviendas, loteos, urbanizaciones y terrenos; ii) la ejecución, desarrollo y estudio de proyectos de ingeniería, arquitectura, construcción e inmobiliarios, por cuenta propia o ajena, como contratista o subcontratista; iii) la participación en todo tipo de sociedades, públicas o privadas, como socio, accionista o administrador, con personas naturales o jurídicas, cualquiera sea su objeto o nacionalidad; iv) actuar como representante, agente o comisionista de empresas nacionales o extranjeras, dedicadas a la fabricación, elaboración, distribución de maquinarias, bienes y productos destinados a la industria y al rubro de la construcción. Duración: 30 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante una declaración en tal sentido efectuada por escritura pública, de la que deberá tomarse nota en el registro pertinente al margen de la inscripción social con, a lo menos, 6 meses de anticipación al vencimiento del respectivo período. Domicilio: la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, representaciones, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero. Capital: $4.630.076.689, íntegramente ingresados a la caja social en la siguiente forma y proporción: i) Inmobiliaria Casa del Valle Limitada ha aportado y enterado la cantidad de $3.288.095.261, equivalentes al 71,02% del capital e interés social, con anterioridad al 10 de abril de 2024, fecha en la cual se transformó desde una sociedad anónima cerrada a una sociedad de responsabilidad limitada; ii) Inversiones Herrfrank Limitada ha aportado y enterado la cantidad de $878.973.759, equivalentes al 18,98% del capital e interés social, con anterioridad al 10 de abril de 2024, fecha en la cual se transformó desde una sociedad anónima cerrada a una sociedad de responsabilidad limitada; y, iii) Inversiones Bonanza SpA ha aportado y enterado la cantidad de $463.007.669, equivalentes al 10% del capital e interés social, con anterioridad al 10 de abril de 2024, fecha en la cual se transformó desde una sociedad anónima cerrada a una sociedad de responsabilidad limitada. Administración: La administración y representación de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a Inmobiliaria Casa del Valle Limitada, actuando a través de uno o más apoderados designados por escritura pública, con las más amplias facultades y poderes de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el giro social. Los socios limitan responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada. Santiago, 4 de junio de 2024.