Instrumento
- Fecha
- 31 de mayo de 2024
- Notario
- GIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO
- Oficio
- Titular de la Décima Notaría de Santiago Valeria Ronchera Flores
- Comuna
- Santiago Valeria Ronchera Flores
Sociedad
- Capital
- $900.000 CLP
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) La compra y venta, la importación, exportación, distribución, por cuenta propia o ajena, la comercialización, representación, manufactura, procesamiento, fabricación y producción de toda clase de productos, sin que la enumeración que sigue sea limitativa o restrictiva, sino meramente enunciativa o ejemplar, de frutos secos, semillas, frutas y demás productos del agro y sus derivados, ya sea de origen vegetal o animal, y de cualquier tipo relacionados con los anteriores, tales como insumos, materiales e instrumentos; b) Servir de agente, consignatario, comisionista o representante, por cuenta propia o de terceros, de toda clase de productos; y, c) En general desarrollar cualquier objeto que los accionistas acuerden, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para los fines indicados al desarrollo de la actividad de la compañía; en general, la realización de toda actividad conexa, inherente o relacionada con los giros mencionados
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO, Abogado, Notario Público Suplente de la Titular de la Décima Notaría de Santiago Valeria Ronchera Flores, con oficio en Agustinas Nº 1287, comuna de Santiago, Región Metropolitana, CERTIFICO: Que por escritura pública de fecha 31 de mayo de 2024, ante la titular Valeria Ronchera Flores, don ALVARO ANDRES SAN MARTIN VEGA, don DAVID EDUARDO BUSTAMANTE PINO y doña NADIA ALEJANDRA FARIAS CALDERON, constituyeron una sociedad por acciones, cuyas menciones extractables son: Nombre: Lemu SpA. Capital: $900.000.- dividido en 9.000 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La compra y venta, la importación, exportación, distribución, por cuenta propia o ajena, la comercialización, representación, manufactura, procesamiento, fabricación y producción de toda clase de productos, sin que la enumeración que sigue sea limitativa o restrictiva, sino meramente enunciativa o ejemplar, de frutos secos, semillas, frutas y demás productos del agro y sus derivados, ya sea de origen vegetal o animal, y de cualquier tipo relacionados con los anteriores, tales como insumos, materiales e instrumentos; b) Servir de agente, consignatario, comisionista o representante, por cuenta propia o de terceros, de toda clase de productos; y, c) En general desarrollar cualquier objeto que los accionistas acuerden, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para los fines indicados al desarrollo de la actividad de la compañía; en general, la realización de toda actividad conexa, inherente o relacionada con los giros mencionados. Demás estipulaciones constan en instrumento extractado. Santiago a 03 de junio de 2024.