Inversiones Petocaima Limitada
Instrumento
- Fecha
- 31 de mayo de 2024
- Notario
- IVAN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- 33 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago
- Duración
- La Sociedad tendrá una duración de 5 años contados desde la presente escritura y se entenderá prorrogada por períodos iguales y sucesivos de 5 años, salvo que todos los socios manifiesten su voluntad de poner término a la Sociedad mediante una escritura pública de la cual se tomará nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio con a lo menos 60 días de anticipación al vencimiento del período inicial o la prórroga respectiva
Objeto social
El objeto de la sociedad será la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden
Administración
La administración, representación de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a Malise Alma Renata Asuar Brust con las facultades indicadas en el estatuto social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público de la 33 Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 979 oficina 501, Santiago, certifica: por escritura pública de fecha 31 de mayo de 2024, ante mi Suplente doña Verónica Torrealba Costabal, doña Malise Alma Renata Asuar Brust, chilena, soltera, comerciante, cédula de identidad número 9.674.222-3, por si y en representación de doña Gabriela Camila Belen Prenafeta Asuar, chilena, soltera, comerciante, cédula de identidad número 17.764.240-1, y de don Ivan Paulo Jesus Prenafeta Asuar, chileno, soltero, Ingeniero Civil, cédula de identidad número 17.168.424-2, todos domiciliados para estos efectos en Ex Fundo Santa Gabriela, hijuela B, parcela cuatro B, comuna de Calera de Tango, Región Metropolitana; doña Malise Caterina Aida Prenafeta Asuar, chilena, casada, arquitecta, cédula de identidad número 16.358.328-3, domiciliada en Arquitecto Larrain Bravo número 5924, departamento 102, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; don Tomás Alejandro Emanuel Prenafeta Asuar, chileno, soltero, abogado, cédula de identidad número 18.469.038-1, domiciliado en Santa Elena número 895, comuna de Santiago, Región Metropolitana; y don Jose Ignacio Felipe Prenafeta Asuar, chileno, casado, arquitecto, cédula de identidad número 18.957.631-5, domiciliado en Carlos XII número 120, torre B, departamento número 801, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada. RAZÓN SOCIAL: “Inversiones Petocaima Limitada”, sin perjuicio que también podrá utilizar como nombre de fantasía y actuar, inclusive con los bancos y sociedades financieras, bajo la denominación “Petocaima Limitada”. DOMICILIO: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago sin perjuicio que se podrán establecer agencias o sucursales en cualquier otra parte, dentro o fuera del país. OBJETO SOCIAL: El objeto de la sociedad será la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. ADMINISTRACIÓN: La administración, representación de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a Malise Alma Renata Asuar Brust con las facultades indicadas en el estatuto social. CAPITAL: $1.000.000, en la siguiente proporción: a) Doña Malise Alma Renata Asuar Brust ha aportado y pagado la suma de 500.000 pesos, siendo titular de un 50 por ciento de los derechos sociales; b) Doña Malise Caterina Aida Prenafeta Asuar ha aportado y pagado la suma de 100.000 pesos, siendo titular de un 10 por ciento de los derechos sociales; c) Don Ivan Paulo Jesus Prenafeta Asuar ha aportado y pagado la suma de 100.000 pesos, siendo titular de un 10 por ciento de los derechos sociales; d) Doña Gabriela Camila Belen Prenafeta Asuar ha aportado y pagado la suma de 100.000 pesos, siendo titular de un 10 por ciento de los derechos sociales. e) Don Tomás Alejandro Emanuel Prenafeta Asuar ha aportado y pagado la suma de 100.000 pesos, siendo titular de un 10 por ciento de los derechos sociales; y f) Don Jose Ignacio Felipe Prenafeta Asuar ha aportado y pagado la suma de 100.000 pesos, siendo titular de un 10 por ciento de los derechos sociales. DURACIÓN: La Sociedad tendrá una duración de 5 años contados desde la presente escritura y se entenderá prorrogada por períodos iguales y sucesivos de 5 años, salvo que todos los socios manifiesten su voluntad de poner término a la Sociedad mediante una escritura pública de la cual se tomará nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio con a lo menos 60 días de anticipación al vencimiento del período inicial o la prórroga respectiva. Demás cláusulas constan en la escritura extractada. Santiago, 4 de Junio de 2024.