CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES E INMOBILIARIA LA CANTERA SpA

RUT 12315868-7 CVE 2502600
Capital
$30.000.000 CLP
Duración
Indefinida

Instrumento

Notario
ISABEL MARGARITA CHADWICK VERGARA
Domicilio
Conservadora y Archivera Judicial Titular de esta ciudad

Sociedad

Capital
$30.000.000 CLP
Domicilio
Pichilemu
Duración
Indefinida

Objeto social

inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, comprendiendo la compra, venta, arrendamiento, administración, dar y tomar en leasing, aporte en sociedades de bienes muebles e inmuebles; la distribución, consignación, intermediación y toda clase de negociaciones y operaciones de bienes muebles e inmuebles, cualquiera sea su naturaleza; salvo en la facultad expresa de enajenar los bienes inmuebles que formen parte integrante del haber social, en cuyo caso todos los socios deberán actuar de consuno y su manifestación es expresa, en lo que la nueva socia manifiesta su total aceptación; las inversiones en sociedades, comprendiendo la compra, venta, administración de acciones, depósitos a plazo, bonos, fondos mutuos, y cualquier instrumento mercantil, importaciones, exportaciones, prestaciones de servicios de corretaje de propiedades, urbanizaciones y loteos, tanto por cuenta propia o ajena, asesorías financieras, comerciales y profesionales en general, prestaciones de servicios por cuenta propia o ajena, b) Podrá además, tener como objeto social, a compraventa, arrendamiento, subarrendamiento, de inmuebles, todos amoblado o sin amoblar, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; la sociedad podrá, además, invertir en bienes muebles, corporales o incorporales de toda clase, como ser: acciones, bonos, debentures; y, en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y)o asociada o en con-participación con terceros, c) Podrá además realizar las siguientes actividades, construcción, explotación, dar y tomar en arrendamiento y explotar por cuenta propia o ajena, hoteles, moteles, hosterías, albergues, y otros relacionados con el hospedaje y turismo, con sus servicios de restaurante, bar, salón de té, fiestas, espectáculos, manifestaciones, tours, visitas con o sin guías, arrendamiento de guías, convenciones, exposiciones, congresos, simposios, reuniones y otros; compra y reserva de pasajes, alojamientos, habitaciones, edificios y otros; d) la explotación de minas y canteras, comprendiendo la explotación de todo tipo de áridos, piedras, arenas, arcilla, nitratos y sal, y dentro de él todos los que se comprendan como giros específicos, enumerando de forma genérica y no taxativa los siguientes: la preparación de terrenos, excavaciones, movimientos de tierra, ejecución de obras civiles, participación como contratista en obras, arriendo de maquinaria o subarrendar, explotación por cuenta propia o ajena de las actividades señaladas, la importación, exportación, transformación y comercialización de los productos o subproductos extraídos o explotados y todos sus derivados, sean estas al por mayor o al detalle, ya sea que estos se encuentren sin elaborar, semielaborados o elaborados, y en general toda actividad relacionada, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, el giro de explotación y extracción de áridos, pudiendo asimismo actuar como comisionista o mandataria, para la venta y comercio de los productos, realizar inversiones en toda clase bienes muebles o inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos o rentas, pudiendo contratar a profesionales del área de su rubro, pactar la prestación de servicios en participación, adquirir y otorgar franquicias, licencias y representaciones, todo ello sin perjuicio de ejecutar todos los actos que sean inherentes o necesarios al objeto social, sin perjuicio de efectuar, convenir, celebrar y desarrollar actividades complementarias, semejantes, suplementarias y similares, tendientes a la consecución de los fines de la sociedad

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ISABEL MARGARITA CHADWICK VERGARA, Abogada, Notario Público, Conservadora y Archivera Judicial Titular de esta ciudad, según Decreto Económico Número ciento veintiocho, del Juzgado de Letras, Garantía, Familia y del Trabajo de Pichilemu, que se encuentra Protocolizado Bajo el Número trescientos noventa, en el Registro de Instrumentos Públicos de esta Notaría correspondiente al año dos mil veintiuno; con oficio en Avenida Daniel Ortúzar Cuevas número seiscientos veintiuno de esta ciudad, certifica que por escritura pública otorgada el día veintinueve de mayo 2024, SERGIO ANDRÉS REBOLEDO LIZANA, C.I. N°12.315.868-7, y MARCELA CRISTINA ROMÁN ESCOBEDO, C.I. N°12.780.805-8, ambos domiciliados para estos efectos en calle Santa María 195, Pichilemu, constituyeron sociedad por acciones. NOMBRE: “INVERSIONES E INMOBILIARIA LA CANTERA SpA” o “LA CANTERA SpA”. Duración: Indefinida. Objeto: inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, comprendiendo la compra, venta, arrendamiento, administración, dar y tomar en leasing, aporte en sociedades de bienes muebles e inmuebles; la distribución, consignación, intermediación y toda clase de negociaciones y operaciones de bienes muebles e inmuebles, cualquiera sea su naturaleza; salvo en la facultad expresa de enajenar los bienes inmuebles que formen parte integrante del haber social, en cuyo caso todos los socios deberán actuar de consuno y su manifestación es expresa, en lo que la nueva socia manifiesta su total aceptación; las inversiones en sociedades, comprendiendo la compra, venta, administración de acciones, depósitos a plazo, bonos, fondos mutuos, y cualquier instrumento mercantil, importaciones, exportaciones, prestaciones de servicios de corretaje de propiedades, urbanizaciones y loteos, tanto por cuenta propia o ajena, asesorías financieras, comerciales y profesionales en general, prestaciones de servicios por cuenta propia o ajena, b) Podrá además, tener como objeto social, a compraventa, arrendamiento, subarrendamiento, de inmuebles, todos amoblado o sin amoblar, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; la sociedad podrá, además, invertir en bienes muebles, corporales o incorporales de toda clase, como ser: acciones, bonos, debentures; y, en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en con-participación con terceros, c) Podrá además realizar las siguientes actividades, construcción, explotación, dar y tomar en arrendamiento y explotar por cuenta propia o ajena, hoteles, moteles, hosterías, albergues, y otros relacionados con el hospedaje y turismo, con sus servicios de restaurante, bar, salón de té, fiestas, espectáculos, manifestaciones, tours, visitas con o sin guías, arrendamiento de guías, convenciones, exposiciones, congresos, simposios, reuniones y otros; compra y reserva de pasajes, alojamientos, habitaciones, edificios y otros; d) la explotación de minas y canteras, comprendiendo la explotación de todo tipo de áridos, piedras, arenas, arcilla, nitratos y sal, y dentro de él todos los que se comprendan como giros específicos, enumerando de forma genérica y no taxativa los siguientes: la preparación de terrenos, excavaciones, movimientos de tierra, ejecución de obras civiles, participación como contratista en obras, arriendo de maquinaria o subarrendar, explotación por cuenta propia o ajena de las actividades señaladas, la importación, exportación, transformación y comercialización de los productos o subproductos extraídos o explotados y todos sus derivados, sean estas al por mayor o al detalle, ya sea que estos se encuentren sin elaborar, semielaborados o elaborados, y en general toda actividad relacionada, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, el giro de explotación y extracción de áridos, pudiendo asimismo actuar como comisionista o mandataria, para la venta y comercio de los productos, realizar inversiones en toda clase bienes muebles o inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos o rentas, pudiendo contratar a profesionales del área de su rubro, pactar la prestación de servicios en participación, adquirir y otorgar franquicias, licencias y representaciones, todo ello sin perjuicio de ejecutar todos los actos que sean inherentes o necesarios al objeto social, sin perjuicio de efectuar, convenir, celebrar y desarrollar actividades complementarias, semejantes, suplementarias y similares, tendientes a la consecución de los fines de la sociedad. Capital: $30.000.000, dividido en 3000 acciones, nominativas, ordinarias, de única serie y sin valor nominal, enteramente suscrito y pagado. Domicilio: Pichilemu. Demás estipulaciones en escritura extractada. Pichilemu, tres de junio de 2024.