Instrumento
- Fecha
- 27 de mayo de 2024
- Repertorio
- 3103/2024
- Notario
- LINDA SCARLETT BOSCH JIMÉNEZ
- Oficio
- 20ª Notaría
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Objeto social
a) desarrollar la actividad inmobiliaria en sus distintas formas, para lo que podrá comprar adquirir, vender y enajenar bienes inmuebles de toda clase o especie, explotar y administrar dichos inmuebles, subdividirlos, otorgar concesiones, construir en ellos, remodelarlos, urbanizarlos y en general realizar cualquiera otra acción de uso, goce y disposición en ellos; b) dar y tomar bienes inmuebles en arrendamiento u otra forma de tenencia; c) invertir en toda clase de bienes inmuebles o muebles; la compra, venta adquisición y enajenación, a cualquier título de dichos bienes, ya sean corporales o incorporales de cualquier naturaleza, darlos y tomarlos en arrendamiento u otra forma de tenencia, percibir sus frutos y rentas y reinvertirlos; y, d) en general, la sociedad podrá realizar todas los demás actos o actividades que se relacionen de manera directa o indirecta con su objeto antes indicado o con el objeto que sus accionistas acuerden; 3) El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos ($1.000.000), el cual se encuentra dividido en mil acciones nominativas, ordinarias y sin valor nominal, de una misma y única serie, íntegramente suscritas y pagadas en la forma que se señala en el Artículo Primero Transitorio
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLINDA SCARLETT BOSCH JIMÉNEZ, Notario Público Titular 20ª Notaría, Santiago, Apoquindo N°4990, Las Condes, Certifico: Que por escritura pública hoy 27 de mayo de 2024, Repertorio N°3103 /2024, ante mí, Darwin Alan García Yanzon, domiciliado en Av. Presidente Balmaceda 2150, comuna de Santiago; constituyó una sociedad por acciones cuyos estatutos se extractan a continuación: 1) El nombre de la sociedad por acciones será “Inmobiliaria El Algarrobo SpA”; 2) La sociedad tiene por objeto: a) desarrollar la actividad inmobiliaria en sus distintas formas, para lo que podrá comprar adquirir, vender y enajenar bienes inmuebles de toda clase o especie, explotar y administrar dichos inmuebles, subdividirlos, otorgar concesiones, construir en ellos, remodelarlos, urbanizarlos y en general realizar cualquiera otra acción de uso, goce y disposición en ellos; b) dar y tomar bienes inmuebles en arrendamiento u otra forma de tenencia; c) invertir en toda clase de bienes inmuebles o muebles; la compra, venta adquisición y enajenación, a cualquier título de dichos bienes, ya sean corporales o incorporales de cualquier naturaleza, darlos y tomarlos en arrendamiento u otra forma de tenencia, percibir sus frutos y rentas y reinvertirlos; y, d) en general, la sociedad podrá realizar todas los demás actos o actividades que se relacionen de manera directa o indirecta con su objeto antes indicado o con el objeto que sus accionistas acuerden; 3) El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos ($1.000.000), el cual se encuentra dividido en mil acciones nominativas, ordinarias y sin valor nominal, de una misma y única serie, íntegramente suscritas y pagadas en la forma que se señala en el Artículo Primero Transitorio. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 27 de mayo de 2024.