Instrumento
- Fecha
- 17 de mayo de 2024
- Repertorio
- 12851
- Notario
- ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS
- Oficio
- 42ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley N° 18.046
Objeto social
i) La prestación de servicios profesionales en las diversas ramas de la medicina clínica, tales como consultas, procedimientos y actividades quirúrgicas, de rayos e imágenes en atención cerrada o ambulatoria, imagenología, servicio de toma de muestras para laboratorio, servicio ambulatorio de laboratorio químico y todas aquellas que tengan por fin fomentar, prevenir, recuperar y rehabilitar la salud de las personas; ii) La realización de todo tipo de actos y contratos dentro de la actividad de servicios médicos, sin más restricción que las que imponen las leyes y reglamentos, sea en forma directa o a través de convenios, sea con particulares o beneficiarios de Fondos de Salud o Instituciones de Salud Previsional, Servicios de bienestar o de organismos con o sin fines de lucro
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Notario Público Titular de la 42ª Notaría Santiago, con domicilio en Avenida Apoquindo número 3.001, piso 2, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública de fecha 17 de mayo de 2024, Repertorio N° 12.851, ante mí, don David José Geni Rosinzki, en calidad de accionista constituyente, viene en constituir una sociedad por acciones que se regirá por lo estipulado en sus estatutos, como también en el Título VII, Párrafo 8° del Código de Comercio y, supletoriamente, por la Ley N° 18.046 y su Reglamento. Nombre: CLINICA IMALAB SpA; Objeto Social: i) La prestación de servicios profesionales en las diversas ramas de la medicina clínica, tales como consultas, procedimientos y actividades quirúrgicas, de rayos e imágenes en atención cerrada o ambulatoria, imagenología, servicio de toma de muestras para laboratorio, servicio ambulatorio de laboratorio químico y todas aquellas que tengan por fin fomentar, prevenir, recuperar y rehabilitar la salud de las personas; ii) La realización de todo tipo de actos y contratos dentro de la actividad de servicios médicos, sin más restricción que las que imponen las leyes y reglamentos, sea en forma directa o a través de convenios, sea con particulares o beneficiarios de Fondos de Salud o Instituciones de Salud Previsional, Servicios de bienestar o de organismos con o sin fines de lucro.- Capital: $1.000.000, dividido en 1000 acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma serie y sin valor nominal. Las acciones se suscriben y pagan de acuerdo a lo indicado en el artículo primero transitorio del estatuto. Demás estipulaciones en la escritura extractada. Santiago, 24 de mayo de 2024.