SOUTHERN BLUE OCEAN INDUSTRIAL & TECHNICAL SERVICE CONSULTANT SpA
Instrumento
- Fecha
- 29 de mayo de 2024
- Notario
- ELENA LEYTON CARVAJAL
- Oficio
- Cuarta Notaría de Temuco
- Comuna
- Temuco
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Domicilio
- Viña del Mar
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) capacitación y formación de trabajadores en el área de proyectos eléctricos S.E.C. TE uno, en montajes y urbanización eléctrica, en mantención, control y automatización en instalaciones eléctricas, empalmes, mallas a tierra, mediciones e informes en materia eléctrica. Además, se comprende en el objeto social todo lo relacionado con el área de recursos humanos, ya sean administrativas, financieras y técnicas; b) El estudio, elaboración y ejecución de todo tipo de obras y proyectos de ingeniería, arquitectura, construcción, climatización, aire acondicionado y estructuras en general, su fabricación, instalación, acondicionamiento y mantención, por cuenta propia o ajena, la realización de trabajos de edificación y de obras civiles, tales como casas, edificios completos o parte de ellos, caminos, puentes, represas, túneles, puertos aéreos, marítimos y terrestres, el desarrollo de proyectos inmobiliarios; la preparación de terrenos para loteos y construcción, excavación y movimientos de tierra en general; la prestación de servicios de demolición y derribo de edificaciones y otro tipo de estructuras; la prestación de servicios de asesoría, capacitación e instrucción en arquitectura, ingeniería y técnicos relacionados con el rubro; la participación en proyectos, licitaciones, concursos y propuestas como contratista y subcontratista en obras menores y mayores en construcción, obras viales, sanitarias, domiciliarias, electrificación, instalación eléctrica de estructuras domésticas e industriales; la contratación de personal capacitado para el rubro, profesionales, contratistas, técnicos, albañiles, carpinteros, obreros y todo tipo de personal; la realización de proyectos de loteo, subdivisiones, fusiones, ampliaciones, regularizaciones, obras nuevas y urbanizaciones; tasaciones de inmuebles, peritajes, topografía y diseño; la compra, venta, transporte, traslado y distribución de todo tipo de materiales y áridos para el desarrollo de actividades propias de la sociedad; c) la inversión de capitales de cualquier naturaleza en la actividad inmobiliaria, pudiendo no sólo adquirir bienes inmuebles de toda clase y enajenarlos, arrendarlos o cederlos a cualquier título, así como constituir sobre ellos derechos reales, el arrendamiento, subarrendamiento, compraventa, usufructo y leasing de todo tipo de bienes inmuebles, asimismo, la organización de sociedades o empresas que exploten dichos giros, pudiendo realizar en consecuencia todo tipo de operaciones, sean civiles o comerciales o de cualquier naturaleza que digan relación con la explotación e inversión en el rubro inmobiliario, en cualesquiera de su formas; d) la sociedad tendrá también por objeto la inversión de recursos propios o ajenos en toda clase de capitales mobiliarios en su más amplio espectro, sean estos objeto de inversión bancaria, depósitos a plazo, fondos mutuos u otros, como asimismo, inversiones en bienes muebles o inmuebles, sean estos corporales o incorporales, acciones de sociedades anónimas o de sociedades en comandita por acciones, derechos en sociedades de personas, bonos, instrumentos financieros, cuotas o participación en fondos mutuos y)o fondos de inversión en general, en toda clase de valores mobiliarios y títulos de crédito o inversión, así como la administración y explotación de estas inversiones y sus frutos o productos, pudiendo llevar a cabo todo tipo de negociación bajo toda modalidad, sean estas leasing, factoring o de cualquier otra especie y sin limitación alguna y de igual modo, la organización de sociedades o empresas que exploten dichos giros, pudiendo realizar en consecuencia todo tipo de operaciones, sean civiles o comerciales o de cualquier naturaleza que digan relación con la explotación del rubro inversiones, en cualesquiera de su formas. La explotación del comercio exterior, realizado por cuenta propia o ajena, operaciones de importación o exportación, de toda clase de productos, mercaderías, bienes de capital o equipos y)o de sus partes, accesorios o repuestos. Y todas aquellas actividades que acuerden los socios y que tengan relación o no, con el giro principal de la sociedad. Se deja expresa constancia que los socios y)o accionistas podrán ejercer su profesión en forma independiente y sin ser autorizados por la asamblea de accionistas, aunque dichas actividades se relacionen directa o indirectamente con el
Administración
Administración de la sociedad será ejercida separada e indistintamente por don JONNATTAN ESTEBAN CÁRDENAS REYES y por doña MARÍA CATALINA ANTONIETTA KLEINSTEUBER FERNÁNDEZ, mientras cuenten con la confianza de la junta de accionistas, quienes podrán ejecutar todos los actos y contratos en representación de la sociedad y que se indican en el artículo décimo tercero del estatuto social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalELENA LEYTON CARVAJAL, abogado, Notario Público, titular de la Cuarta Notaría de Temuco, con asiento en esta comuna, calle Claro Solar N° 831, Temuco, certifico: Por escritura pública de hoy, ante mí; don JONNATTAN ESTEBAN CÁRDENAS REYES, c.n.i.15.069.653-4, domiciliado Inés de Suárez 407, Villa Alemana; y doña MARÍA CATALINA ANTONIETTA KLEINSTEUBER FERNÁNDEZ, c.n.i. 13.401.216-1, domiciliada psje. Posada 05173, Temuco, constituyeron una sociedad por acciones. Razón social es SOUTHERN BLUE OCEAN INDUSTRIAL & TECHNICAL SERVICE CONSULTANT SpA, pudiendo usar la expresión “SOUTHERN BLUE SpA”. con la que se obligará a la sociedad de la misma manera que si actuara con su razón social integra. Domicilio: Viña del Mar, sin perjuicio de domicilios especiales, oficinas, agencias o sucursales que se establezcan en otras ciudades del país o el extranjero.- Objeto: a) capacitación y formación de trabajadores en el área de proyectos eléctricos S.E.C. TE uno, en montajes y urbanización eléctrica, en mantención, control y automatización en instalaciones eléctricas, empalmes, mallas a tierra, mediciones e informes en materia eléctrica. Además, se comprende en el objeto social todo lo relacionado con el área de recursos humanos, ya sean administrativas, financieras y técnicas; b) El estudio, elaboración y ejecución de todo tipo de obras y proyectos de ingeniería, arquitectura, construcción, climatización, aire acondicionado y estructuras en general, su fabricación, instalación, acondicionamiento y mantención, por cuenta propia o ajena, la realización de trabajos de edificación y de obras civiles, tales como casas, edificios completos o parte de ellos, caminos, puentes, represas, túneles, puertos aéreos, marítimos y terrestres, el desarrollo de proyectos inmobiliarios; la preparación de terrenos para loteos y construcción, excavación y movimientos de tierra en general; la prestación de servicios de demolición y derribo de edificaciones y otro tipo de estructuras; la prestación de servicios de asesoría, capacitación e instrucción en arquitectura, ingeniería y técnicos relacionados con el rubro; la participación en proyectos, licitaciones, concursos y propuestas como contratista y subcontratista en obras menores y mayores en construcción, obras viales, sanitarias, domiciliarias, electrificación, instalación eléctrica de estructuras domésticas e industriales; la contratación de personal capacitado para el rubro, profesionales, contratistas, técnicos, albañiles, carpinteros, obreros y todo tipo de personal; la realización de proyectos de loteo, subdivisiones, fusiones, ampliaciones, regularizaciones, obras nuevas y urbanizaciones; tasaciones de inmuebles, peritajes, topografía y diseño; la compra, venta, transporte, traslado y distribución de todo tipo de materiales y áridos para el desarrollo de actividades propias de la sociedad; c) la inversión de capitales de cualquier naturaleza en la actividad inmobiliaria, pudiendo no sólo adquirir bienes inmuebles de toda clase y enajenarlos, arrendarlos o cederlos a cualquier título, así como constituir sobre ellos derechos reales, el arrendamiento, subarrendamiento, compraventa, usufructo y leasing de todo tipo de bienes inmuebles, asimismo, la organización de sociedades o empresas que exploten dichos giros, pudiendo realizar en consecuencia todo tipo de operaciones, sean civiles o comerciales o de cualquier naturaleza que digan relación con la explotación e inversión en el rubro inmobiliario, en cualesquiera de su formas; d) la sociedad tendrá también por objeto la inversión de recursos propios o ajenos en toda clase de capitales mobiliarios en su más amplio espectro, sean estos objeto de inversión bancaria, depósitos a plazo, fondos mutuos u otros, como asimismo, inversiones en bienes muebles o inmuebles, sean estos corporales o incorporales, acciones de sociedades anónimas o de sociedades en comandita por acciones, derechos en sociedades de personas, bonos, instrumentos financieros, cuotas o participación en fondos mutuos y/o fondos de inversión en general, en toda clase de valores mobiliarios y títulos de crédito o inversión, así como la administración y explotación de estas inversiones y sus frutos o productos, pudiendo llevar a cabo todo tipo de negociación bajo toda modalidad, sean estas leasing, factoring o de cualquier otra especie y sin limitación alguna y de igual modo, la organización de sociedades o empresas que exploten dichos giros, pudiendo realizar en consecuencia todo tipo de operaciones, sean civiles o comerciales o de cualquier naturaleza que digan relación con la explotación del rubro inversiones, en cualesquiera de su formas. La explotación del comercio exterior, realizado por cuenta propia o ajena, operaciones de importación o exportación, de toda clase de productos, mercaderías, bienes de capital o equipos y/o de sus partes, accesorios o repuestos. Y todas aquellas actividades que acuerden los socios y que tengan relación o no, con el giro principal de la sociedad. Se deja expresa constancia que los socios y/o accionistas podrán ejercer su profesión en forma independiente y sin ser autorizados por la asamblea de accionistas, aunque dichas actividades se relacionen directa o indirectamente con el objeto Social. Duración: Indefinida, a contar de esta fecha de la suscripción del presente instrumento.. Capital: $5.000.000.-, dividido en 100 acciones nominativas, sin valor nominal, de una misma serie, sin privilegios ni preferencias, que se entera: a) JONNATTAN ESTEBAN CÁRDENAS REYES, suscribe 50 acciones, por un valor de $2.500.000.-, que entera y paga en dinero efectivo y al contado en este acto ingresando en arcas sociales; y b) MARÍA CATALINA ANTONIETTA KLEINSTEUBER FERNÁNDEZ, suscribe 50 acciones, por un valor de $2.500.000.-, que entera y paga en dinero efectivo y al contado en este acto ingresando en arcas sociales. ADMINISTRACIÓN: Administración de la sociedad será ejercida separada e indistintamente por don JONNATTAN ESTEBAN CÁRDENAS REYES y por doña MARÍA CATALINA ANTONIETTA KLEINSTEUBER FERNÁNDEZ, mientras cuenten con la confianza de la junta de accionistas, quienes podrán ejecutar todos los actos y contratos en representación de la sociedad y que se indican en el artículo décimo tercero del estatuto social. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Temuco, 29 de Mayo de 2024.