MAJANE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS Y DE CAPACITACIÓN LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 14 de mayo de 2024
- Notario
- FELIX JARA CADOT
- Oficio
- 41ª Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
(i) La prestación de todo tipo de servicios administrativos a terceros y la capacitación profesional en todas las áreas; (ii) La compra, venta, importación, exportación, distribución, comercialización, arrendamiento, con o sin opción de compra, explotación, armado, fabricación y mantención de toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, y en especial, de toda clase de artículos, productos o equipos relacionados con la computación, fotografía, video, sistemas de audio, televisión, proyección, GPS, telecomunicaciones, procesadores de datos, consolas, programas o softwares, para cualquier clase de equipos, así como de sus accesorios, partes, piezas, repuestos e insumos, como asimismo, toda clase de programas computacionales, y en general, toda clase de artículos relacionados con la computación, tecnología y telecomunicaciones; (iii) La realización de cualquier otra actividad conexa o conducente a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa o indirecta con el giro social, y en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros, cualquier negocio que acuerden los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFELIX JARA CADOT, Notario Público Titular 41ª Notaria de Santiago, con domicilio en Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifica que: Por escritura pública de fecha 14 de mayo de 2024, ante mí, ALAN JORDAN SCHOIHET ARUESTE, en representación de las sociedades NIU SUSHI SpA e INVERSIONES NS SpA, todos domiciliados para estos efectos en Américo Vespucio Norte N°1.090, oficina 801, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; en su calidad de únicos socios de MAJANE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS Y DE CAPACITACIÓN LIMITADA, inscrita a fojas 69.782, Número 51.042 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2011, acordó modificar el Artículo Segundo referente al Objeto Social, reemplazando su texto actual por el siguiente: “ARTÍCULO SEGUNDO: La sociedad tiene por objeto: (i) La prestación de todo tipo de servicios administrativos a terceros y la capacitación profesional en todas las áreas; (ii) La compra, venta, importación, exportación, distribución, comercialización, arrendamiento, con o sin opción de compra, explotación, armado, fabricación y mantención de toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, y en especial, de toda clase de artículos, productos o equipos relacionados con la computación, fotografía, video, sistemas de audio, televisión, proyección, GPS, telecomunicaciones, procesadores de datos, consolas, programas o softwares, para cualquier clase de equipos, así como de sus accesorios, partes, piezas, repuestos e insumos, como asimismo, toda clase de programas computacionales, y en general, toda clase de artículos relacionados con la computación, tecnología y telecomunicaciones; (iii) La realización de cualquier otra actividad conexa o conducente a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa o indirecta con el giro social, y en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros, cualquier negocio que acuerden los socios.” En todo lo no modificado, se mantiene expresamente vigente el texto de los estatutos de la Sociedad, en especial la limitación de responsabilidad de los socios hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 14 de Mayo de 2024. Félix Jara Cadot, Notario Público.