MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES NOKI LIMITADA

RUT 76170478-8 CVE 2501882
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
9 de abril de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
9 de abril de 2024
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
Trigésima Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio social es la ciudad de Santiago
Duración
La duración de la sociedad será de cuarenta años contados desde la fecha de la escritura, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento. – Sexto:

Objeto social

La Sociedad tendrá por

Administración

La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a don EDUARD PUALUAN KOPPELKAMM, quien actuando individualmente contará con las más amplias facultades de

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con Oficio en La Concepción, número 65, piso 2, Comuna de Providencia, certifica: que por escritura pública de fecha 9 de abril del año 2024, ante mí: i) don EDUARD PUALUAN KOPPELKAMM,; ii) doña SVEA DIANA EVA LEMKE SKUTHAUS; iii) doña LARA SELINA DIANDRA PUALUAN LEMKE; iv) doña AMELY TAMARA FELICITAS PUALUAN LEMKE; y, v) EILEEN PUALUAN LEMKE, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Providencia número 2.653, oficina 909, Comuna de Providencia, ciudad de Santiago, Región Metropolitana. Los socios en su calidad de actuales y únicos acordaron modificar la sociedad INVERSIONES NOKI LIMITADA que se encuentra inscrita a fojas 51.986, número 38.231 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2011, en los siguientes términos: I. Aumento de Capital: Acordaron aumentar el capital social de la suma actual de $1.000.000, en la cantidad de $9.000.000, quedando en definitiva el capital de la sociedad, en la suma única y total de $10.000.000. -II. Texto Refundido: Los socios de la sociedad INVERSIONES NOKI LIMITADA, en virtud del aumento de capital precedente y por necesidades de la empresa, acordaron actualizar y perfeccionar los estatutos de la Sociedad, optando por otorgar un nuevo texto refundido de los Estatutos Sociales, que, a continuación se extracta: Primero: Socios. Son únicos socios de la sociedad INVERSIONES NOKI LIMITADA: i) don EDUARD PUALUAN KOPPELKAMM; ii) doña SVEA DIANA EVA LEMKE SKUTHAUS; iii) doña LARA SELINA DIANDRA PUALUAN LEMKE; iv) doña AMELY TAMARA FELICITAS PUALUAN LEMKE; y, v) doña EILEEN PUALUAN LEMKE.- Segundo: Razón social. El nombre o razón social será INVERSIONES NOKI LIMITADA, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo el nombre de fantasía “NOKI”. - Tercero: Objeto. La Sociedad tendrá por objeto: A) La participación en toda clase de sociedades, chilenas o extranjeras, civiles o comerciales, ya sean colectivas, en comandita, anónimas o de responsabilidad limitada y cualquiera sea su objeto, para desarrollar los negocios a que se dedican estas sociedades o en las que ellas participan. B) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesa de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de título o valores mobiliarios. C) La adquisición y explotación comercial de inmuebles de cualquier naturaleza, ya sea, directamente a través de esta sociedad, o indirectamente a través de otras sociedades. Además, ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con su objeto. - Cuarto: Domicilio. El domicilio social es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o del extranjero. – Quinto: Duración. La duración de la sociedad será de cuarenta años contados desde la fecha de la escritura, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento. – Sexto: Capital. El capital social es la suma única y total de 10.000.000 de pesos, los cuales se encuentra íntegramente pagados por sus socios, en las siguientes cantidades y proporciones: i) don EDUARD PUALUAN KOPPELKAMM, con la suma de 500.000 pesos, equivalentes al 5 por ciento del capital y los derechos sociales; ii) doña SVEA DIANA EVA LEMKE SKUTHAUS, con la suma de 500.000 pesos, equivalentes al 5 por ciento del capital y los derechos sociales; iii) doña LARA SELINA DIANDRA PUALUAN LEMKE, con la suma de 3.000.000 pesos, equivalentes al 30 por ciento del capital y los derechos sociales; iv) doña AMELY TAMARA FELICITAS PUALUAN LEMKE, con la suma de 3.000.000 pesos, equivalentes al 30 por ciento del capital y los derechos sociales; y, v) doña EILEEN PUALUAN LEMKE con la suma de 3.000.000 pesos, equivalentes al 30 por ciento del capital y los derechos sociales. – Séptimo: Administración. La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a don EDUARD PUALUAN KOPPELKAMM, quien actuando individualmente contará con las más amplias facultades de administración. En caso de fallecimiento, ausencia y /o impedimento definitivo de don EDUARD PUALUAN KOPPELKAMM, cuestión que no será necesario acreditar frente a terceros, la administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial, corresponderá a doña SVEA DIANA EVA LEMKE SKUTHAUS, quien actuando individualmente contará con las más amplias facultades de administración. En caso de fallecimiento, ausencia y /o impedimento definitivo de doña SVEA DIANA EVA LEMKE SKUTHAUS, la administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial, con idénticas facultades, corresponderá conjuntamente dos cualquiera de las otras socias, estas son: a doña LARA SELINA DIANDRA PUALUAN LEMKE, doña AMELY TAMARA FELICITAS PUALUAN LEMKE o doña EILEEN PUALUAN LEMKE. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En Santiago, 22 de marzo del año 2024.