CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

TIERRASUR PROPIEDADES LIMITADA

RUT 7127867-0 CVE 2500855
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
26 de abril de 2024
Notaría
Osorno
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
26 de abril de 2024
Repertorio
941-2024
Notario
SEBASTIÁN SADÁ AZNAR
Oficio
1ª Notaría de Osorno
Comuna
Osorno

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP
Domicilio
la comuna de Río Bueno, Región de Los Lagos
Duración
La sociedad empezará a regir a contar de la fecha de esta escritura y expirará en el plazo de cinco años. Se entenderá prorrogada la duración de la sociedad en forma automática por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de ponerle término por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, todo con una anticipación mínima de seis meses

Objeto social

Comprar, vender, arrendar, dar en arrendamiento bienes raíces muebles o inmueble y demás actividades relacionadas con el giro, no siendo taxativa la presente enumeración. Realizar todo tipo de inversiones, mobiliarias o inmobiliarias, sea por cuenta propia o de terceros. Realizar por cuenta de terceros, publicidad y propaganda comercial por todos los medios de difusión pública; asesorar y prestar servicios a la industria y comercio en materias publicitarias; componer o hacer componer música, guiones, spots publicitarios para radio, cine y televisión; hacer campañas de prensa; y toda otra actividad relacionada con la publicidad y mercadeo. Explotación del comercio exterior, realizado por cuenta propia o ajena, de toda clase de productos, mercaderías, bienes de capital o equipos y)o de sus partes o repuestos; el desempeño en Chile de agencias o representaciones de empresas extranjeras, como de cualquiera otra comisión o mandato mercantil; y, asimismo, el desempeño de agencias o representaciones en el exterior de empresas o mandantes chilenos; la comercialización o distribución, en Chile o en el exterior, de toda clase de bienes muebles de cualquier tipo, de consumo o de capital, su armaduría, ensamblaje o fabricación; la prestación de toda clase de servicios de asesoría técnica, puesta en marcha y mantención, ya sea en relación con los bienes de su propia producción o de terceros. Desarrollo y ejecución de proyectos inmobiliarios o de construcción de cualquier tipo, para la misma sociedad o de terceros. Cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos. De común acuerdo además, podrán iniciar otras actividades o fines no comprendidas en el giro principal

Administración

corresponderá indistintamente a ambos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

SEBASTIÁN SADÁ AZNAR, Notario Público Titular de la 1ª Notaría de Osorno, con oficio en Manuel Antonio Matta 680, Osorno. CERTIFICO: Mediante escritura pública de 26 de abril de 2024, Repertorio 941-2024, otorgada ante PABLO HERNÁN RIVAS POOL, Notario Público Suplente del titular de la 1ª Notaría de Osorno; comparecen: FRANCISCO EDUARDO PÉREZ VIDAL, C:I.Nº 7.127.867-0 y CARMEN GLORIA KIEFER MORA, C.I.Nº 9.302.158-4, ambos domiciliados en Cerro Puntiagudo 10.592, Osorno, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, la cual fue rectificada por escritura pública de fecha 27 de mayo de 2024, Repertorio 1203-2024, otorgada ante mí, compareciendo en representación de loa anteriores, FELIPE JOSÉ IGNACIO SANHUEZA VALDÉS, C.I. Nº 17.358.669-5, domiciliado en camino a Trumao km. 13, Osorno, quedando del siguiente tenor: Razón social: “TIERRASUR PROPIEDADES LIMITADA", pudiendo también funcionar y actuar ante toda clase de personas naturales y/o jurídicas con el nombre de fantasía "TIERRASUR PROPIEDADES LTDA”. Objeto: Comprar, vender, arrendar, dar en arrendamiento bienes raíces muebles o inmueble y demás actividades relacionadas con el giro, no siendo taxativa la presente enumeración. Realizar todo tipo de inversiones, mobiliarias o inmobiliarias, sea por cuenta propia o de terceros. Realizar por cuenta de terceros, publicidad y propaganda comercial por todos los medios de difusión pública; asesorar y prestar servicios a la industria y comercio en materias publicitarias; componer o hacer componer música, guiones, spots publicitarios para radio, cine y televisión; hacer campañas de prensa; y toda otra actividad relacionada con la publicidad y mercadeo. Explotación del comercio exterior, realizado por cuenta propia o ajena, de toda clase de productos, mercaderías, bienes de capital o equipos y/o de sus partes o repuestos; el desempeño en Chile de agencias o representaciones de empresas extranjeras, como de cualquiera otra comisión o mandato mercantil; y, asimismo, el desempeño de agencias o representaciones en el exterior de empresas o mandantes chilenos; la comercialización o distribución, en Chile o en el exterior, de toda clase de bienes muebles de cualquier tipo, de consumo o de capital, su armaduría, ensamblaje o fabricación; la prestación de toda clase de servicios de asesoría técnica, puesta en marcha y mantención, ya sea en relación con los bienes de su propia producción o de terceros. Desarrollo y ejecución de proyectos inmobiliarios o de construcción de cualquier tipo, para la misma sociedad o de terceros. Cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos. De común acuerdo además, podrán iniciar otras actividades o fines no comprendidas en el giro principal. Domicilio: la comuna de Río Bueno, Región de Los Lagos, sin perjuicio de los domicilios especiales, sucursales o agencias que puedan establecerse en otros lugares del país y/o del extranjero. La administración, representación y uso de la razón social: corresponderá indistintamente a ambos socios. Capital: $10.000.000, aportando cada socio la cantidad de $5.000.000 que enteran de la siguiente forma: FRANCISCO EDUARDO PÉREZ VIDAL, aporta $2.000.000, que entera ingresando el dinero al contado y en este acto en la caja social. El saldo será pagado en aportes en efectivo o capitalizando utilidades. CARMEN GLORIA KIEFER MORA aporta $2.000.000, que entera ingresando el dinero al contado y en este acto en la caja social. El saldo será pagado en aportes en efectivo o capitalizando utilidades. Duración: La sociedad empezará a regir a contar de la fecha de esta escritura y expirará en el plazo de cinco años. Se entenderá prorrogada la duración de la sociedad en forma automática por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de ponerle término por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, todo con una anticipación mínima de seis meses. Demás estipulaciones escritura extractada. Osorno, 30 de mayo de 2024.