Servicios Profesionales Trivu Limitada
Instrumento
- Fecha
- 28 de mayo de 2024
- Repertorio
- 2954-2024
- Notario
- CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS
- Oficio
- Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago. Sin embargo, la administración podrá establecer sucursales, agencias o establecimientos en otros lugares del país o del extranjero
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto único la prestación de servicios profesionales de salud mental
Administración
La administración de la sociedad corresponderá a ambos socios, quienes, actuando en forma separada e indistinta, y anteponiendo su firma a la razón social, la representarán con las más amplias facultades indicadas en el estatuto social. Duración de la Sociedad: 10 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla en la forma señalada en la escritura extractada. Responsabilidad: Los socios solo serán responsables hasta el monto de sus respectivos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea, Avenida La Dehesa 1450, local 1, Certifico, Que por escritura pública de fecha 28 de mayo del año 2024, número de repertorio 2954-2024, ante mí: doña NICOLE CHARNEY BERDICHEWKY, domiciliada en Avenida La Dehesa N°1844, comuna de Lo Barnechea, y doña CATALINA DE JESÚS GREZ VALDÉS, domiciliada en Padre Sergio Correa N°15.700, comuna de Colina, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, cuyos estatutos extracto: Nombre: “Servicios Profesionales Trivu Limitada”, pudiendo utilizar ante todo tipo de instituciones o entidades públicas o privadas, y ante bancos, incluyendo el Banco Estado, los nombres de fantasía “TRIVU” o “Trivu.org”. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago. Sin embargo, la administración podrá establecer sucursales, agencias o establecimientos en otros lugares del país o del extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto único la prestación de servicios profesionales de salud mental. Capital: $1.000.000; NICOLE CHARNEY BERDICHEWKY aporta la suma de $600.000, equivalentes al 60% de los derechos sociales y CATALINA DE JESUS GREZ VALDÉS aporta la suma de $400.000, equivalentes al 40% de los derechos sociales; aportes en dinero efectivo, totalmente suscritos y pagados. Administración: La administración de la sociedad corresponderá a ambos socios, quienes, actuando en forma separada e indistinta, y anteponiendo su firma a la razón social, la representarán con las más amplias facultades indicadas en el estatuto social. Duración de la Sociedad: 10 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla en la forma señalada en la escritura extractada. Responsabilidad: Los socios solo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 28 de mayo de 2024.