MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones Rexus II Limitada

RUT 76625155-2 CVE 2500519
Capital
$602.699.421 CLP
Fecha instrumento
22 de mayo de 2024
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
22 de mayo de 2024
Repertorio
2411-24
Notario
ANTONIETA MARINA ROJAS PONTIGO
Domicilio
Evaldo Daniel Rehbein Utreras

Sociedad

Capital
$602.699.421 CLP
Domicilio
Santiago, Región Metropolitana
Duración
La duración de la Sociedad será de quince años, plazo que se entenderá renovado en forma automática, tácita y sucesiva por períodos iguales de quince años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término, mediante declaración que deberá efectuarse por medio de escritura pública anotada al margen de la inscripción social, con a lo menos seis meses de anticipación al vencimiento del plazo original o de una cualquiera de las prórrogas que estuvieren corriendo

Objeto social

El objeto de la Sociedad será la inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, agrícolas o urbanos, incluyendo acciones, cuotas de fondos de inversión, derechos sociales o cuotas en otras compañías, valores mobiliarios y, en general, todo tipo de instrumentos del mercado de capitales, así como cualquier tipo de inversión y asesorías financieras, para lo cual podrá adquirir, enajenar, negociar y disponer en cualquier forma y a cualquier título toda clase de bienes. Para los fines antes señalados podrá constituir, formar parte o adquirir derechos o acciones en sociedades de personas o de capital y ejecutar y celebrar toda clase de actos destinados a cumplir con los fines sociales y, en general, realizar toda otra actividad o negocio lícito relacionado con los anteriores, que derive de ellos, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, así como de cualquier actividad o negocio que acuerden los socios en conformidad a la legislación vigente y al presente estatuto, que no se encuentren prohibidas por la leyes chilenas

Administración

La administración y el uso de la razón social corresponderá a Pablo Andrés Campino Edwards, María Carolina Fernández García y Sebastián Campino Fernández, quienes actuando individualmente uno cualquiera de ellos, ya sea personalmente o por intermedio de sus representantes especialmente designados al efecto por medio de escritura pública o instrumento privado protocolizado, representarán a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo efectuar todos los actos, celebrar todos los contratos y convenciones y, en general, realizar toda clase de operaciones que se relacionan directa o indirectamente con el objeto social, sin limitación alguna

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANTONIETA MARINA ROJAS PONTIGO, abogado y Notario Público, suplente de Evaldo Daniel Rehbein Utreras, abogado y Notario Público, titular de la Notaría No. 29 de Santiago, calle Enrique Mac Iver N° 225, piso 3, oficina 302, Santiago, certifico, que por escritura pública fecha 17 de mayo del 2024, repertorio N° 2411- 24, ante el titular Evaldo Daniel Rehbein Utreras, doña María Carolina Campino Ferández, don Sebastián Campino Fernández, don Pablo Andrés Campino Fernández, doña María Ignacia Campino Fernández y doña María Francisca Campino Fernández, todos domiciliados para estos efectos en Camino La Viña 11.941, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; ; en su calidad de únicos y actuales socios, acordaron repactar los estatutos de sociedad de responsabilidad limitada Inversiones Rexus II Limitada, con extracto de constitución inscrito a fojas 105.174 número 44.798 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2023, en el siguiente sentido: Domicilio: La Sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de poder establecer agencias, depósitos o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: El objeto de la Sociedad será la inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, agrícolas o urbanos, incluyendo acciones, cuotas de fondos de inversión, derechos sociales o cuotas en otras compañías, valores mobiliarios y, en general, todo tipo de instrumentos del mercado de capitales, así como cualquier tipo de inversión y asesorías financieras, para lo cual podrá adquirir, enajenar, negociar y disponer en cualquier forma y a cualquier título toda clase de bienes. Para los fines antes señalados podrá constituir, formar parte o adquirir derechos o acciones en sociedades de personas o de capital y ejecutar y celebrar toda clase de actos destinados a cumplir con los fines sociales y, en general, realizar toda otra actividad o negocio lícito relacionado con los anteriores, que derive de ellos, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, así como de cualquier actividad o negocio que acuerden los socios en conformidad a la legislación vigente y al presente estatuto, que no se encuentren prohibidas por la leyes chilenas. Capital: El capital de la Sociedad asciende a la suma de 602.699.421 pesos, íntegramente enterado en caja social con anterioridad a esta fecha, que ha sido aportado por los socios en las siguientes proporciones: a) doña María Carolina Campino Fernández aportó la suma de 120.539.884 pesos, equivalente al 20% de los derechos sociales; b) don Pablo Andrés Campino Fernández aportó la suma de 120.539.884 pesos, equivalente al 20% de los derechos sociales; c) doña María Ignacia Campino Fernández aportó la suma de 120.539.884 pesos, equivalente al 20% de los derechos sociales; d) don Sebastián Campino Fernández aportó la suma de 120.539.884 pesos, equivalente al 20% de los derechos sociales; y, e) doña María Francisca Campino Fernández aportó la suma de 120.539.884 pesos, equivalente al 20% de los derechos sociales. Duración: La duración de la Sociedad será de quince años, plazo que se entenderá renovado en forma automática, tácita y sucesiva por períodos iguales de quince años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término, mediante declaración que deberá efectuarse por medio de escritura pública anotada al margen de la inscripción social, con a lo menos seis meses de anticipación al vencimiento del plazo original o de una cualquiera de las prórrogas que estuvieren corriendo. Administración y uso de la razón social: La administración y el uso de la razón social corresponderá a Pablo Andrés Campino Edwards, María Carolina Fernández García y Sebastián Campino Fernández, quienes actuando individualmente uno cualquiera de ellos, ya sea personalmente o por intermedio de sus representantes especialmente designados al efecto por medio de escritura pública o instrumento privado protocolizado, representarán a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo efectuar todos los actos, celebrar todos los contratos y convenciones y, en general, realizar toda clase de operaciones que se relacionan directa o indirectamente con el objeto social, sin limitación alguna. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 22 de mayo de 2024.