MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones Pema Limitada

RUT 76008232-5 CVE 2500761
Capital
$1.797.000.000 CLP
Fecha instrumento
12 de abril de 2024

Instrumento

Fecha
12 de abril de 2024
Notario
PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
Oficio
2a Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea

Sociedad

Capital
$1.797.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Abogado, Notario Público Titular de la 2a Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa N°1201, local 101, certifico que por escritura pública de 12 de abril de 2024, ante mí, Marita Stürmann Grote; Verena Andrea Janssen Stürmann; Alex Peter Janssen Stürmann; María Sofía Janssen Undurraga; Amelia Janssen Undurraga; Bernardita Janssen Undurraga; Tomás Alexander Janssen Undurraga; Nicolás Janssen Undurraga; Valentina Phillips Janssen, debidamente representada por Verena Andrea Janssen Stürmann; Matías Phillips Janssen; y, Florencia Phillips Janssen, todos domiciliados para estos efectos en calle Camino Turístico N°11.399, departamento 104, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana. Los comparecientes, acuerdan modificar los estatutos de la sociedad “INVERSIONES PEMA LIMITADA”, RUT Nº76.008.232-5, con extracto de constitución inscrito a fojas 53.477 Nº37.810 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago de 2007, como consecuencia del pago de legados otorgados en el testamento; y la respectiva partición y adjudicación de bienes quedados al fallecimiento de Pedro Werner Hubertus Janssen Münnich por escritura pública de fecha 11 de abril de 2024, suscrita en esta misma Notaría de don Patricio Guillermo Corominas Mellado. Los comparecientes vienen en dar cuenta que han sucedido por causa de muerte a título singular y que se han hecho dueños del 93,489% del total de los derechos sociales de “Inversiones Pema Limitada”, constituyendo un usufructo vitalicio en partes iguales entre Alex y Verena, ambos de apellidos, Janssen Stürmann; y asignando la nuda propiedad del 93,489% entre María Sofía, Amelia, Bernardita, Tomás Alexander y Nicolás, todos de apellidos Janssen Undurraga; y, Valentina, Matías y Florencia, todos de apellidos Phillips Janssen en las proporciones indicadas a continuación. Al efecto, se sustituyó la Cláusula Quinta del pacto social y se eliminó el Artículo Primero Transitorio, siendo materia de extracto lo siguiente: CAPITAL: $1.797.000.000, el cual se encuentra íntegramente pagado por los socios en la forma y proporciones que siguen a continuación : Uno) Marita Stürmann Grote, $17.000.000, equivalentes a un 0,947% del total del interés social, íntegramente pagados con anterioridad a este acto. Dos) Alex Peter Janssen Stürmann, $50.000.000, equivalentes a un 2,782% del total del interés social, íntegramente pagados con anterioridad a este acto. Tres) Verena Andrea Janssen Stürmann, $50.000.000, equivalentes a un 2,782% del total del interés social, íntegramente pagados con anterioridad a este acto. Cuatro) María Sofía Janssen Undurraga, $168.000.000, equivalentes a un 9,3489% del total del interés social, íntegramente pagados con anterioridad a este acto. Cinco) Amelia Janssen Undurraga, $168.000.000, equivalentes a un 9,3489% del total del interés social, íntegramente pagados con anterioridad a este acto. Seis) Bernardita Janssen Undurraga, $168.000.000, equivalentes a un 9,3489% del total del interés social, íntegramente pagados con anterioridad a este acto. Siete) Tomás Alexander Janssen Undurraga, $168.000.000, equivalentes a un 9,3489% del total del interés social, íntegramente pagados con anterioridad a este acto. Ocho) Nicolás Janssen Undurraga, $168.000.000, equivalentes a un 9,3489% del total del interés social, íntegramente pagados con anterioridad a este acto. Nueve) Valentina Phillips Janssen, $280.000.000, equivalentes a un 15,5815% del total del interés social, íntegramente pagados con anterioridad a este acto. Diez) Matías Phillips Janssen, $280.000.000, equivalentes a un 15,5815% del total del interés social, íntegramente pagados con anterioridad a este acto. Y, Once) Florencia Phillips Janssen, $280.000.000, equivalentes a un 15,5815% del total del interés social, íntegramente pagados con anterioridad a este acto. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 27 de mayo de 2024.