MARQUEZ SANDOVAL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de septiembre de 2007
- Notario
- ELIAS JARUFE ROJAS
- Oficio
- 47ª. Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalELIAS JARUFE ROJAS, Abogado, Notario Público Titular 47ª. Notaría Santiago, Avda. Pedro de Valdivia 3317, certifico que por escritura de hoy, ante mí, señores SERAFIN RICARDO MARQUEZ MELENDEZ, y MARIA EUGENIA SANDOVAL ILLESCA, ambos domiciliados en calle Uruguay cero ochocientos ochenta y uno, comuna de Puente Alto, Santiago y de paso en ésta; HERNAN EDUARDO HERRERA PARRA, domiciliado en esta ciudad, calle Salzburgo número trescientos noventa, Barrio Austria, comuna de Puente Alto y de paso en ésta, y ALEJANDRO JAVIER MARQUEZ SANDOVAL, domiciliado en Parcela Dieciocho A, El Principal, Pirque y de paso en ésta, modifican sociedad “MARQUEZ SANDOVAL LIMITADA”, Rut. setenta y seis millones novecientos cuarenta y siete mil seiscientos diez guión cinco, constituida por escritura pública de fecha 05 de septiembre de 2007, otorgada ante Notario Domingo Valenzuela Ramírez, suplente del titular Elías Jarufe Rojas, inscrito su extracto a fojas treinta y siete mil quinientos setenta y cuatro número veintiséis mil novecientos sesenta y uno en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año dos mil siete, publicada en el Diario Oficial edición número treinta y ocho mil ochocientos sesenta y cuatro de fecha catorce de septiembre de dos mil siete.- Capital actual: $5.000000, en siguientes términos: Don SERAFIN RICARDO MARQUEZ MELENDEZ vende, cede y transfiera todos sus derechos en el haber social que ascienden al 80% del capital, en la siguiente forma: a) a don HERNAN EDUARDO HERRERA PARRA, el 70%; y b) a don ALEJANDRO JAVIER MARQUEZ SANDOVAL, el 10% restante, quienes aceptan y adquieren para sí.- El precio de esta cesión es la suma de $4.000.000, que los cesionarios pagan al cedente en proporción a sus cuotas, al contado y en dinero efectivo.- Asimismo doña MARIA EUGENIA SANDOVAL ILLESCA, vende, cede y transfiere todos sus derechos en el haber social que ascienden al 20% del capital, a don ALEJANDRO JAVIER MARQUEZ SANDOVAL.- El precio de esta cesión es la suma de $1.000.000 que el cesionario paga al cedente al contado y en dinero efectivo. Como consecuencia de cesión, queda la sociedad formada por don HERNAN EDUARDO HERRERA PARRA, con el 70% de los derechos sociales, y don ALEJANDRO JAVIER MARQUEZ SANDOVAL, con el 30% de los derechos sociales. Modifican cláusula Octava del pacto social, en sentido de que administración y uso de razón social corresponderá exclusivamente a HERNAN EDUARDO HERRERA PARRA. Socios limitan responsabilidad al monto de sus aportes. En lo no modificado, siguen vigentes cláusulas del pacto social primitivo. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 06 de mayo de 2024.