Instrumento
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Sociedad
- N. fantasía
- Luna Paz Limitada
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- Comuna de La reina, región metropolitana de santiago
- Duración
- La duración de la Sociedad será a contar de la fecha de la presente escritura por plazos renovables de 2 años, y no termina con la muerte de algún socio, No se disolverá la sociedad por el fallecimiento, expiración, insolvencia, quiebra, interdicción o incapacidad sobreviniente de cualquiera de los actuales o futuros
- Ley aplicable
- Ley 3.918
Objeto social
a)Inversión en bienes muebles e inmuebles, la compra, venta, arrendamiento sea por cuentas propia o de terceros, la administración y explotación de dichos bienes b)El servicio de corretaje, administración, intermediación y promoción de bienes raíces, ya sea urbanos o agrícolas, estén o no edificados y en general, de toda clase de bienes, sean corporales e incorporales, muebles o inmuebles. c)Prestación de asesorías, auditorias, consultoría y administración en materia relativa a bienes raíces, edificios, condominios y propiedades. d)Prestación de servicios computaciones e informáticos. Desarrollo y arrendamiento de software
Administración
NORMA ESPERANZA FLORES LÓPEZ, como un solo
Personas y entidades (6)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Martina Luna Lara Flores | socio | 24202320-K | — | — | LA REINA, METROPOLITANA DE SANTIAGO |
| Constanza Paz Lara Flores | socio | 23157655-K | — | — | LA REINA, METROPOLITANA DE SANTIAGO |
| Oscar Fernando Lara Contreras | socio | 20110290-1 | — | — | COLINA, METROPOLITANA DE SANTIAGO |
| Daniela Francisca Lara Contreras | socio | 18466087-3 | — | — | COLINA, METROPOLITANA DE |
| Valentina Arelis Lara Contreras | socio | 17312279-9 | — | — | |
| Norma Esperanza Flores López | socio | 13089455-0 | — | — | LA REINA, METROPOLITANA DE SANTIAGO |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEl Registro de Empresas y Sociedades, domiciliado en Avenida Libertador Bernardo O'Higgins 1449 torre 2 piso 11, comuna de Santiago, región Metropolitana de Santiago, certifica que, según consta en el Estatuto Actualizado, Martina Luna Lara Flores, RUN: 24.202.320-K, con domicilio en: ALCALDE FERNANDO CASTILLO VELASCO N° 8650H, LA REINA, región METROPOLITANA DE SANTIAGO, Constanza Paz Lara Flores, RUN: 23.157.655-K, con domicilio en: ALCALDE FERNANDO CASTILLO VELASCO N° 8650H, LA REINA, región METROPOLITANA DE SANTIAGO, Oscar Fernando Lara Contreras, RUN: 20.110.290-1, con domicilio en: SANTA ELENA N° 1960, COLINA, región METROPOLITANA DE SANTIAGO, Daniela Francisca Lara Contreras, RUN: 18.466.087-3, con domicilio en: SANTA ELENA N° 1960, COLINA, región METROPOLITANA DE SANTIAGO, Valentina Arelis Lara Contreras, RUN: 17.312.279-9, con domicilio en: SANTA ELENA N° 1960, COLINA, región METROPOLITANA DE SANTIAGO, Norma Esperanza Flores López, RUN: 13.089.455-0, con domicilio en: NUEVA LARRAIN N° 8650- H, LA REINA, región METROPOLITANA DE SANTIAGO, son los únicos socios de una sociedad de responsabilidad limitada, constituida e inscrita en el Registro Electrónico de Empresas y Sociedades con fecha 31 de julio del 2014, regida por la Ley 3.918, sus modificaciones y demás leyes pertinentes, de cuyo estatuto actualizado se extracta lo siguiente: NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: Inversiones Luna Paz Limitada . NOMBRE DE FANTASÍA: Luna Paz Limitada. OBJETO: a)Inversión en bienes muebles e inmuebles, la compra, venta, arrendamiento sea por cuentas propia o de terceros, la administración y explotación de dichos bienes b)El servicio de corretaje, administración, intermediación y promoción de bienes raíces, ya sea urbanos o agrícolas, estén o no edificados y en general, de toda clase de bienes, sean corporales e incorporales, muebles o inmuebles. c)Prestación de asesorías, auditorias, consultoría y administración en materia relativa a bienes raíces, edificios, condominios y propiedades. d)Prestación de servicios computaciones e informáticos. Desarrollo y arrendamiento de software. DOMICILIO: Comuna de La reina, región metropolitana de santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. DURACIÓN: La duración de la Sociedad será a contar de la fecha de la presente escritura por plazos renovables de 2 años, y no termina con la muerte de algún socio, No se disolverá la sociedad por el fallecimiento, expiración, insolvencia, quiebra, interdicción o incapacidad sobreviniente de cualquiera de los actuales o futuros socios. En caso de fallecer uno de los socios, la sociedad continuará entre los otros socios y los herederos de aquél, quienes deberán hacerse representar ante la sociedad por un mandatario común y único, que además deberá ser persona natural. En caso de fallecer o quedar incapacitado cualquiera de los socios administradores, la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán exclusivamente a los otros socios administradores, en caso de haberlos. En caso de no existir otros socios con facultades administradoras, la administración pasará a todos los socios actuando conjuntamente. No se disolverá la sociedad por el fallecimiento, expiración, insolvencia, quiebra, interdicción o incapacidad sobreviniente de cualquiera de los actuales o futuros socios. En caso de fallecer uno de los socios, la sociedad continuará entre los otros socios y los herederos de aquél, quienes deberán hacerse representar ante la sociedad por un mandatario común y único, que además deberá ser persona natural. En caso de fallecer o quedar incapacitado cualquiera de los socios administradores, la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán exclusivamente a los otros socios administradores, en caso de haberlos. En caso de no existir otros socios con facultades administradoras, la administración pasará a todos los socios actuando conjuntamente. La renovación automática quedará sin efecto mediante escritura pública Anotada en el Registro con al menos tres meses de anticipación al vencimiento, en la que cualquier socio manifieste dicha voluntad. CAPITAL SOCIAL: El capital de la Sociedad es la cantidad de $1.000.000 de pesos, que ha sido completamente enterado; que los socios se obligan a aportar y pagar en las proporciones de la forma siguiente: A) MARTINA LUNA LARA FLORES tiene una participación de un 10 por ciento en la propiedad de la presente compañía, habiendo aportado y pagado con anterioridad a esta fecha la cantidad de $100.000 pesos; B) CONSTANZA PAZ LARA FLORES tiene una participación de un 10 por ciento en la propiedad de la presente compañía, habiendo aportado y pagado con anterioridad a esta fecha la cantidad de $100.000 pesos; C) OSCAR FERNANDO LARA CONTRERAS tiene una participación de un 10 por ciento en la propiedad de la presente compañía, habiendo aportado y pagado con anterioridad a esta fecha la cantidad de $100.000 pesos; D) DANIELA FRANCISCA LARA CONTRERAS tiene una participación de un 10 por ciento en la propiedad de la presente compañía, habiendo aportado y pagado con anterioridad a esta fecha la cantidad de $100.000 pesos; E) VALENTINA ARELIS LARA CONTRERAS tiene una participación de un 10 por ciento en la propiedad de la presente compañía, habiendo aportado y pagado con anterioridad a esta fecha la cantidad de $100.000 pesos; F) NORMA ESPERANZA FLORES LÓPEZ tiene una participación de un 50 por ciento en la propiedad de la presente compañía, habiendo aportado y pagado con anterioridad a esta fecha la cantidad de $500.000 pesos; ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: NORMA ESPERANZA FLORES LÓPEZ, como un solo socio. Responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Otras estipulaciones en estatuto actualizado extractado.