MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

IMPORTACIONES Y DISTRIBUCIÓN CEFFRA LIMITADA

RUT 76364669-6 CVE 2500029
Fecha instrumento
17 de mayo de 2024
Notaría
Huechuraba

Instrumento

Fecha
17 de mayo de 2024
Comuna
Huechuraba

Objeto social

En el cumplimiento del objeto social, la Sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la Sociedad y el medio ambiente. Sólo los socios/accionistas de la Sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo. Cláusula cuarta del pacto social, relativa a la

Administración

La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a ambos socios en forma separada e indistinta, quienes actuando de esta forma y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las más amplias facultades estipuladas, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Mauricio Bertolino Rendic, Notario de Santiago, titular de la Primera Notaría de Huechuraba, Américo Vespucio 1737, Local 169, certifica: Por escritura pública otorgada el 17 de mayo de 2024, ante mí, Luz Verónica Anguita Ortiz y Francisco Germán del Pino Cofré, ambos domiciliados en Avenida Caciques Chileno Norte 1228, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana; modificaron IMPORTACIONES Y DISTRIBUCIÓN CEFFRA LIMITADA -constituida por escritura pública otorgada el 14 de marzo del año 2014 ante el Notario de Santiago María Gloria Acharán Toledo, inscrita a fojas 20705 número 12857 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2014, y publicada en el Diario Oficial de 20 de marzo de 2014-, en siguientes sentidos: Cláusula segunda del pacto social, relativa al objeto, que queda: El objeto de la sociedad será: la importación, exportación, compra, venta y distribución de toda clase de productos, artículos e instrumentos relacionados con el tema ecológico desde su inicio como materia hasta su posterior comercialización; la representación de empresas y compañías nacionales o extranjeras que tengan como parte de su filosofía la práctica de sustentabilidad ambiental y apego a las normas ambientales y ecológicas; y en general cualquier acto o negocio que los socios de común acuerdo determinen. Cumplimiento del Objeto Social: En el cumplimiento del objeto social, la Sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la Sociedad y el medio ambiente. Sólo los socios/accionistas de la Sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo. Cláusula cuarta del pacto social, relativa a la administración: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a ambos socios en forma separada e indistinta, quienes actuando de esta forma y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las más amplias facultades estipuladas, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos. Demás estipulaciones constan de escritura pública extractada. Santiago, 23 de mayo de 2024.