CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Botón del Monte Verde SpA

CVE 2499670
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
16 de mayo de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
16 de mayo de 2024
Repertorio
14804
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
Oficio
Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP

Objeto social

La sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico que, por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 16 de mayo de 2024, repertorio N°14.804, don Gonzalo Andrés Jara Encina y doña Catalina del Pilar Ferreira Crichton constituyeron una sociedad por acciones: Nombre: Botón del Monte Verde SpA. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: i) la inversión en toda clase de inmuebles o en sociedades o entidades que tengan giro inmobiliario; ii) la inversión en proyectos inmobiliarios y el desarrollo, directo e indirecto, de dichos proyectos; iii) la construcción, remodelación, compra, venta, comercialización, en todas sus formas y/o arriendo de bienes raíces; iv) la realización de inversiones, tanto en Chile como en el extranjero, en toda clase de bienes muebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades, cuotas de fondos de inversión, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión; v) la compra y venta de toda clase de bienes muebles, inmuebles por adherencia y artículos de decoración y la prestación de servicios de amoblamiento y decoración de bienes raíces, y vi) la administración de las inversiones señaladas precedentemente y sus frutos. Capital: $5.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas, las cuales se pagarán dentro del plazo de 3 años a contar de la fecha de la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada. Santiago, 24 de mayo de 2024.