CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Katan Technik SpA

CVE 2499371
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
24 de mayo de 2024
Notaría
Vitacura
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
24 de mayo de 2024
Notario
Luis Alberto Maldonado Concha
Oficio
Segunda Notaría de Vitacura
Comuna
Vitacura

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero
Duración
Indefinida

Objeto social

a) Desarrollo de actividades industriales sin limitación alguna, ya sea en el ámbito de la tecnología, metalúrgica, recursos humanos, energías renovables, construcción, telecomunicaciones, automatización y robótica, seguridad de la información y cualquier otra actividad con independencia de su clase, ya sea que se relacione directa o indirectamente con las actividades planteadas, sin que esta lista sea esta taxativa, sino que meramente enunciativa; b) Asesorías y consultorías en el campo de la tecnología, metalúrgica, recursos humanos, energías renovables, construcción, telecomunicaciones, automatización robótica, seguridad de la información y cualquier otra actividad con independencia de su clase, ya sea que se relacione directa o indirectamente con las actividades planteadas, sin que esta lista sea esta taxativa, sino que meramente enunciativa; c) Desarrollo de todo tipo de actividades inmobiliarias, sin limitación, pudiendo adquirir, enajenar, permutar, arrendar, y administrar por cuenta propia o ajena todo tipo de bienes raíces rústicos o urbanos, y construir en ellos por cuenta propia o ajena, y explotarlos directamente o a través de terceros en cualquier forma; d) Desarrollo de actividades comerciales sin limitación alguna, en general respecto de todo tipo de bienes muebles corporales; e) Organizar, promover, constituir y tomar parte, en todo tipo de negocios o saciedades, sea de personas o de capitales, pudiendo para tales efectos adquirir participaciones, acciones y derechos en sociedades y enajenar a cualquier título tales inversiones, sin limitación alguna; f) La prestación de toda clase de asesorías y servicios relacionados con las materias anteriores; g) La inversión en toda clase bienes muebles e inmuebles, administrados y percibir sus frutos, como así mismo, la compra de adquisición, venta y enajenación de todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, pudiendo percibir sus frutos, como así mismo, la compra de adquisición, venta y enajenación de todo tipo de créditos, acciones y valores mobiliarios en general; h) La administración por cuenta propia y ajena de todo tipo de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, pudiendo percibir sus frutos; i) La constitución, conforme a todo tipo de ganancias sobre bienes de la sociedad; j) La formación de sociedades de cualquier tipo, pudiendo incorporarse a otras ya existentes; k) Realizar toda otra actividad, industria, asesorías, servicios y negocios relacionados directa o indirectamente y accesorios con el giro social antes señalado y con cualquiera otro, que los socios del común acuerdo dispongan por cuenta propia o ajena sin que la descripción de este, signifique limitación alguna, para todo lo cual podrá celebrar los actos, convenios y contratos que sean necesarios y convenientes para su desarrollo comercial, con toda clase de personas; debiendo solamente la sociedad sujetarse a las leyes, reglamentos y disposiciones administrativas vigentes; l) y, en general, la ejecución de todo tipo de actos comerciales de su giro, así como la realización de toda actividad complementaria al giro descrito que los accionistas acuerden, y la celebración de los actos o contratos necesarios para el cumplimiento de dichos objetivos

Administración

Corresponderá a Jaime Andrés Aros Espinoza, quien podrá actuar individualmente anteponiendo a su firma la

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Alberto Maldonado Concha, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Vitacura, con oficio ubicado en calle Candelaria Goyenechea número 3868, local 6, comuna de Vitacura, certifico que, por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 24 de mayo de 2024, repertorio número 963, Jaime Andrés Aros Espinoza y Claudia Lorena Lara Chureo, constituyeron sociedad por acciones, cuyas principales cláusulas extracto: Nombre: Katan Technik SpA. Domicilio: Ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: a) Desarrollo de actividades industriales sin limitación alguna, ya sea en el ámbito de la tecnología, metalúrgica, recursos humanos, energías renovables, construcción, telecomunicaciones, automatización y robótica, seguridad de la información y cualquier otra actividad con independencia de su clase, ya sea que se relacione directa o indirectamente con las actividades planteadas, sin que esta lista sea esta taxativa, sino que meramente enunciativa; b) Asesorías y consultorías en el campo de la tecnología, metalúrgica, recursos humanos, energías renovables, construcción, telecomunicaciones, automatización robótica, seguridad de la información y cualquier otra actividad con independencia de su clase, ya sea que se relacione directa o indirectamente con las actividades planteadas, sin que esta lista sea esta taxativa, sino que meramente enunciativa; c) Desarrollo de todo tipo de actividades inmobiliarias, sin limitación, pudiendo adquirir, enajenar, permutar, arrendar, y administrar por cuenta propia o ajena todo tipo de bienes raíces rústicos o urbanos, y construir en ellos por cuenta propia o ajena, y explotarlos directamente o a través de terceros en cualquier forma; d) Desarrollo de actividades comerciales sin limitación alguna, en general respecto de todo tipo de bienes muebles corporales; e) Organizar, promover, constituir y tomar parte, en todo tipo de negocios o saciedades, sea de personas o de capitales, pudiendo para tales efectos adquirir participaciones, acciones y derechos en sociedades y enajenar a cualquier título tales inversiones, sin limitación alguna; f) La prestación de toda clase de asesorías y servicios relacionados con las materias anteriores; g) La inversión en toda clase bienes muebles e inmuebles, administrados y percibir sus frutos, como así mismo, la compra de adquisición, venta y enajenación de todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, pudiendo percibir sus frutos, como así mismo, la compra de adquisición, venta y enajenación de todo tipo de créditos, acciones y valores mobiliarios en general; h) La administración por cuenta propia y ajena de todo tipo de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, pudiendo percibir sus frutos; i) La constitución, conforme a todo tipo de ganancias sobre bienes de la sociedad; j) La formación de sociedades de cualquier tipo, pudiendo incorporarse a otras ya existentes; k) Realizar toda otra actividad, industria, asesorías, servicios y negocios relacionados directa o indirectamente y accesorios con el giro social antes señalado y con cualquiera otro, que los socios del común acuerdo dispongan por cuenta propia o ajena sin que la descripción de este, signifique limitación alguna, para todo lo cual podrá celebrar los actos, convenios y contratos que sean necesarios y convenientes para su desarrollo comercial, con toda clase de personas; debiendo solamente la sociedad sujetarse a las leyes, reglamentos y disposiciones administrativas vigentes; l) y, en general, la ejecución de todo tipo de actos comerciales de su giro, así como la realización de toda actividad complementaria al giro descrito que los accionistas acuerden, y la celebración de los actos o contratos necesarios para el cumplimiento de dichos objetivos. Capital: $1.000.000.- dividido en 1000 acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, cada acción tendrá derecho a un voto, pagadas y suscritas de la siguiente manera: a) Jaime Andrés Aros Espinoza suscribe 950 acciones de serie única, que equivalen a la suma de $950.000.- del capital social; b) Claudia Lorena Lara Chureo suscribe 50 acciones de serie única, que equivalen a la suma de $50.000.- del capital social, todas se pagaron en acto de constitución, al contado y en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social de una sola vez. Administración: Corresponderá a Jaime Andrés Aros Espinoza, quien podrá actuar individualmente anteponiendo a su firma la razón social. Vitacura, 27 de mayo de 2024.