MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

JOYERÍA CASA LAARSEN LIMITADA

RUT 88852600-5 CVE 2499435
Fecha instrumento
15 de mayo de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
15 de mayo de 2024
Notario
PAMELA FERNANDA VASQUEZ AVENDAÑO
Oficio
37ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PAMELA FERNANDA VASQUEZ AVENDAÑO, Notario Público Suplente de la 37ª Notaría de Santiago, de doña Nancy de la Fuente Hernández, con oficio en calle Huérfanos 1117, oficina 1014, certifica: Por escritura pública de fecha 15 de mayo de 2024, Rep N° 1489-2024, ante mí, comparecen: i) INMOBILIARIA E INVERSIONES LAARSEN S.A., Rut 96.584.150-4,representada por PEDRO JORGE ALTMANN ROSINGER, cédula de identidad 4.363873-4; ii) JACQUELINE MARCELA WOLF LAARSEN, cédula de identidad 6.373.647-3; iii) PATRICIA JOSEFINA WOLF LAARSEN, cédula de identidad 5.110.436-6, representada por don PEDRO JORGE ALTMANN ROSINGER, ya individualizado; iv) Sucesión de doña DORIS WOLF LAARSEN, cédula de identidad 5.110.435-8, compuesta por PEDRO JORGE ALTMANN ROSINGER, ya individualizado; por NICOLE ALTMANN WOLF, cédula de identidad 6.373.648-1, y por MICHELE ALTMANN WOLF, cédula de identidad 11.125.077-4, todos domiciliados en La Gloria 100, departamento 151, Las Condes, Región Metropolitana, y acordaron modificación de la sociedad “JOYERÍA CASA LAARSEN LIMITADA.”, en adelante la “Sociedad”, inscrita a fojas 10.186, número 5.737 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1982, en los siguientes términos: UNO) Se modifica el Artículo Cuarto del pacto social, debiendo ser reemplazado íntegramente por el que sigue: “ARTÍCULO CUARTO: El capital social es de dos millones quinientos mil pesos, ya aportados en la siguiente forma y proporción: A) INMOBILIARIA E INVERSIONES LAARSEN S.A., la suma de dos millones cuatrocientos veinticinco mil pesos, correspondientes a su aporte anterior, ya ingresado a la caja social; B) JACQUELINE MARCELA WOLF LAARSEN, la suma de veinticinco mil pesos, correspondientes a su aporte anterior, ya ingresado a la caja social; C) PATRICIA JOSEFINA WOLF LAARSEN, la suma de veinticinco mil pesos, correspondientes a su aporte anterior, ya ingresado a la caja social; D) La SUCESION DE DOÑA DORIS WOLF LAARSEN, compuesta por PEDRO JORGE ALTMANN ROSINGER, por NICOLE ALTMANN WOLF y por MICHELE ALTMANN WOLF, la suma de veinticinco mil pesos, correspondientes a su aporte anterior, ya ingresado a la caja social”.- DOS) Se modifica el Artículo Quinto del pacto social, en el sentido que, la administración y el uso de la razón social, así como la representación judicial y extrajudicial corresponderá a don Pedro Jorge Altmann Rosinger, quien, actuando por la Sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representará y obligará con las facultades que se señalan en el Artículo Quinto del pacto social vigente que consta en la escritura de fecha trece de septiembre de dos mil cuatro, ya referida, facultades que se dan por reproducidas íntegramente, para todos los efectos a que hubiere lugar.- En todo lo no modificado, se mantiene plenamente vigente el Pacto Social, y especialmente lo estipulado en cuanto a que la responsabilidad de los socios queda limitada hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 23 de mayo de 2024.