MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES Y ASESORIAS MAKALU SpA

RUT 76657342-8 CVE 2499385
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
7 de mayo de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
7 de mayo de 2024
Notario
ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

N. fantasía
MAKALU LTDA. II
Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio social será la ciudad de Santiago
Duración
La duración de la sociedad será de 50 años contados desde la fecha de este instrumento, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento. V

Objeto social

La sociedad tendrá por

Administración

La administración, representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don Juan Pablo Castro Chaigneau, quien actuando individualmente y anteponiendo a su firma la razón social, estará premunido con todas las facultades de administración y representación de la Sociedad. VII. Disolución. La sociedad se disolverá anticipadamente por acuerdo unánime de los socios o por cualquiera otra causa legal

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público de la 36º Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción Nº 65, piso 2, Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 7 de mayo de 2024, ante mí, comparecen: i) don Juan Pablo Castro Chaigneau; y, ii) doña Marie-Chantal Caussade Margozzini, todos domiciliados en calle Cerro El Plomo 5.420, piso 19, oficina 1.903, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, en su calidad de actuales y únicos accionistas de acuerdo al registro de accionistas tenido a la vista, quienes acordaron transformar la sociedad INVERSIONES Y ASESORIAS MAKALU SpA, en una sociedad de responsabilidad limitada cuyos estatutos son del siguiente tenor: I. Razón Social. La razón social será INVERSIONES MAKALU LIMITADA. Nombre de fantasía: MAKALU LTDA. II. Objeto. La sociedad tendrá por objeto: (a) la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones o derechos en todo tipo de fondos, sociedades, ya sean comerciales, civiles, comunidades o asociaciones, en toda clase de títulos o valores mobiliarios, pudiendo realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, y en general, la promoción de negocios sobre estos; (b) El arrendamiento, subarrendamiento, compra, venta, desarrollo, urbanización y administración de inmuebles propios o de terceros; (c) el estudio, promoción, participación, construcción, ejecución y desarrollo de negocios y proyectos inmobiliarios, en todas y cada una de sus fases; y, (d) Realizar por cuenta propia o ajena, toda clase de actos, operaciones, o negocios mercantiles, de corretajes e inmobiliarios, quedando expresamente comprendido la importación, representación, exportación de toda clase de bienes, la prestación de toda clase de servicios comerciales, la participación en todo tipo de sociedades y cualquier negocio o asunto que acuerden los socios. III. Domicilio. El domicilio social será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales que estime conveniente abrir en otros puntos del país o del extranjero. IV. Duración. La duración de la sociedad será de 50 años contados desde la fecha de este instrumento, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento. V. Capital. El capital social es la suma única y total de $1.000.000, los cuales se encuentran íntegramente pagados por sus socios en dinero en efectivo, en las siguientes cantidades y proporciones: (i) don Juan Pablo Castro Chaigneau, con $500.000, equivalentes al 50% del capital y los derechos sociales; y, (ii) doña Marie-Chantal Caussade Margozzini, con $500.000, equivalentes al 50% del capital y los derechos sociales. VI. Administración. La administración, representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don Juan Pablo Castro Chaigneau, quien actuando individualmente y anteponiendo a su firma la razón social, estará premunido con todas las facultades de administración y representación de la Sociedad. VII. Disolución. La sociedad se disolverá anticipadamente por acuerdo unánime de los socios o por cualquiera otra causa legal. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En Santiago, 15 de mayo de 2024.-