Instrumento
- Fecha
- 23 de mayo de 2024
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- 43 a Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $300.000 CLP
Objeto social
El objeto de la Sociedad será la inversión en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, acciones, bonos, debentures y demás valores mobiliarios, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades, asociaciones o fondos; y en toda clase de bienes raíces y el desarrollo de toda clase de actividades inmobiliarias, pudiendo al efecto, actuando por cuenta propia o ajena, comprar, vender, adquirir, enajenar y dar o tomar en arriendo, con o sin opción de compra, inmuebles urbano o rurales, habitacionales, industriales, destinados a oficinas u otros, sea que estos se encuentren o no amoblados o con instalaciones. Para la consecución de sus fines, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes, pudiendo incluso constituir o formar parte de otras sociedades, comunidades, patrimonios y personas jurídicas de cualquier clase; c
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, abogado, Notario Público Titular de la 43 a Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 835, piso 18, de la comuna de Santiago, certifica que: por escritura pública de fecha 23 de mayo de 2024, ante mí, repertorio número 15336-2024, Sergio Tomás Zañartu De La Jara, C.I.16.361.578-9, Francisco Javier Salinas Llodrá, C.I. 16.213.796-4, y Pedro Pablo Devoto Valenzuela, C.I. 16.212.343-2, debidamente representado por María Soledad Valenzuela Melo, C.I. 8.698.263-3, constituyeron una sociedad por acciones cuyos estatutos se extractan a continuación: a. Nombre: “Inversiones Isolda SpA”, (la “Sociedad”); b. Objeto: El objeto de la Sociedad será la inversión en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, acciones, bonos, debentures y demás valores mobiliarios, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades, asociaciones o fondos; y en toda clase de bienes raíces y el desarrollo de toda clase de actividades inmobiliarias, pudiendo al efecto, actuando por cuenta propia o ajena, comprar, vender, adquirir, enajenar y dar o tomar en arriendo, con o sin opción de compra, inmuebles urbano o rurales, habitacionales, industriales, destinados a oficinas u otros, sea que estos se encuentren o no amoblados o con instalaciones. Para la consecución de sus fines, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes, pudiendo incluso constituir o formar parte de otras sociedades, comunidades, patrimonios y personas jurídicas de cualquier clase; c. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $300.000, dividido en 300 acciones nominativas, de igual valor cada una, de una misma y única serie, y sin valor nominal, todas las cuales son suscritas de la siguiente forma: Sergio Tomás Zañartu De La Jara, suscribe cien acciones; Francisco Javier Salinas Llodrá, suscribe cien acciones; y Pedro Pablo Devoto Valenzuela, suscribe cien acciones; y serán pagadas dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de constitución de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 27 de mayo de 2024.