Instrumento
- Fecha
- 2 de mayo de 2024
- Notario
- GIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO
- Oficio
- Titular de la Décima Notaría de Santiago Valeria Ronchera Flores
- Comuna
- Santiago Valeria Ronchera Flores
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Objeto social
El objeto de la sociedad será las inversiones, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO, Abogado, Notario Público Suplente de la Titular de la Décima Notaría de Santiago Valeria Ronchera Flores, con oficio en Agustinas Nº 1287, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifico: Que por escritura pública de fecha 02 de mayo de 2024, ante la titular Valeria Ronchera Flores, don FERNANDO IGNACIO ANANÍAS LÓPEZ y don LUIS FRANCISCO ANANÍAS LÓPEZ, constituyeron Sociedad por Acciones: NOMBRE: “INVERSIONES ANANÍAS SpA”. OBJETO: El objeto de la sociedad será las inversiones, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los accionistas. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. CAPITAL: $1.000.000 dividido en cien acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, que se encuentra íntegramente suscrito y se pagará en moneda de curso legal dentro de plazo máximo de 3 años a contar de fecha escritura extractada, debidamente reajustado. Santiago, 20 de Mayo de 2024.