Consorcio Castillito Parque Forestal SpA
Instrumento
- Fecha
- 9 de mayo de 2024
- Notario
- VERONICA TORREALBA COSTABAL
- Oficio
- Titular IVAN TORREALBA ACEVEDO 33º Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Administración
Artículo Décimo: La Sociedad será representada en conjunto por a lo menos dos personas que los accionistas por mayoría absoluta o unanimidad, designen en Junta de Accionistas o por escritura pública, debiendo actuar en conjunto dos cualesquiera del total de personas naturales o jurídicas designadas, quienes anteponiendo sus firmas a la razón social, la representarán con las facultades indicadas en los estatutos sociales consignados en la cláusula Décimo Segunda del pacto social. En lo no modificado rigen íntegramente estipulaciones del pacto social inscrito a fojas 64093 número 47120 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2011
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Público Suplente del Titular IVAN TORREALBA ACEVEDO 33º Notaría Santiago, Huérfanos 979, oficina 501, CERTIFICO Que con fecha 16 de mayo de 2024, se reduce a escritura pública ante mí, Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad CONSORCIO CASTILLITO PARQUE FORESTAL SpA, celebrada en la presencia del Notario Titular con fecha 09 de mayo de 2024, en la que, entre otros asuntos que no son materia de extracto, se acordó modificar el artículo décimo del título tercero de los estatutos sociales, sobre la administración de la sociedad y el uso de la razón social por el que se señalan en escritura extractada y que consiste en Modificar estatutos sociales, se reemplaza el artículo Décimo del Título Tercero, por el siguiente: TÍTULO TERCERO: ADMINISTRACIÓN. Artículo Décimo: La Sociedad será representada en conjunto por a lo menos dos personas que los accionistas por mayoría absoluta o unanimidad, designen en Junta de Accionistas o por escritura pública, debiendo actuar en conjunto dos cualesquiera del total de personas naturales o jurídicas designadas, quienes anteponiendo sus firmas a la razón social, la representarán con las facultades indicadas en los estatutos sociales consignados en la cláusula Décimo Segunda del pacto social. En lo no modificado rigen íntegramente estipulaciones del pacto social inscrito a fojas 64093 número 47120 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2011. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 22 de mayo del 2024. VERÓNICA TORREALBA COSTABAL Notario Público Suplente.