Fraccional Broota SPV SpA
Instrumento
- Fecha
- 18 de abril de 2024
- Notario
- ALVARO GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $898.623.367 CLP
- Domicilio
- Provincia de Santiago sobre la que tenga jurisdicción el Conservador de Bienes Raíces de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad es invertir en la sociedad FRACCIONAL SpA, Rol único tributario 77.565.459-7 o en cualquier sociedad o vehículo que tenga la calidad de matriz o relacionada a la misma y por lo tanto participar como accionista directo o indirecto en dicha sociedad
Administración
La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a uno o más apoderados que serán designados por los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N° 3001, piso 2, Las Condes, certifico: que por escritura pública de fecha 18 de abril de 2024, ante mí, Tomas Cristóbal Charles Alcalde constituyó una sociedad por acciones cuyos estatutos extracto: Nombre: FRACCIONAL BROOTA SPV SpA. Domicilio: Provincia de Santiago sobre la que tenga jurisdicción el Conservador de Bienes Raíces de Santiago, sin perjuicio que podrá establecer oficinas, filiales, agencias o sucursales en otros lugares del país o en el extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: El objeto de la sociedad es invertir en la sociedad FRACCIONAL SpA, Rol único tributario 77.565.459-7 o en cualquier sociedad o vehículo que tenga la calidad de matriz o relacionada a la misma y por lo tanto participar como accionista directo o indirecto en dicha sociedad. Capital: $898.623.367, dividido en 9.731.976 acciones de las cuales 1.931.975 son acciones Serie A, representativas de $118.623.267 y 7.800.001 son acciones Serie B representativas de $780.000.100, todas nominativas, y sin valor nominal, de las cuales se suscribe y paga 1 acción Serie B por un monto total de $100. El resto de las acciones quedarán pendientes de suscripción y pago por un plazo máximo de un año contado desde el acto de constitución. Administración. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a uno o más apoderados que serán designados por los accionistas. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 13 de mayo de 2024.