CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMPAÑÍA DE INVERSIONES MOLINA HERMANAS LIMITADA

RUT 16208652-9 CVE 2497935
Capital
$9.000 CLP
Fecha instrumento
20 de mayo de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
20 de mayo de 2024
Notario
ALBERTO MOZO AGUILAR
Oficio
40ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$9.000 CLP
Domicilio
El domicilio social será la ciudad de Santiago
Duración
La sociedad empezará a regir a contar de la fecha de escritura y tendrá una duración de cinco años, plazo que se entenderá prorrogado por períodos iguales y sucesivos, según forma estipulada en escritura social

Objeto social

El objeto de la sociedad será la adquisición, y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALBERTO MOZO AGUILAR, Notario Público 40ª Notaría de Santiago, Teatinos Nº 332, Santiago, CERTIFICO: Por escritura pública de hoy, ante mí, doña PALOMA FRANCISCA MOLINA SECCHI, diseñadora industrial, soltera, C.I. N°16.208.652-9, domiciliada en Los Acantos N°1.457, departamento 1203, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; doña CAROLINA ELIZABETH MOLINA SECCHI, ingeniero comercial, C.I. N°13.685.864-5, domiciliada en Plaza del Retiro N°3.835, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, y; doña ANDREA CECILIA MOLINA SECCHI, ingeniero comercial, CI. N°15.384.143-8, domiciliada en Camino Gran Vista N°11.024, departamento D 11, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada a montos respectivos aportes. RAZON SOCIAL: El nombre o razón social será “COMPAÑÍA DE INVERSIONES MOLINA HERMANAS LIMITADA”, sin perjuicio de lo cual, la sociedad podrá actuar y funcionar, inclusive con bancos e instituciones financieras con el nombre de fantasía “INVERSIONES MOLINA HERMANAS LTDA”. OBJETO: El objeto de la sociedad será la adquisición, y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro. Podrá, además, invertir, en bienes muebles, corporales, o incorporales de toda clase, tales como, acciones, bonos, debentures; bienes inmuebles, pudiendo arrendarlos, subarrendarlos, por cuenta propia o ajena, explotándolos directamente o por terceros; y, en general, invertir en cualquier clase de valores mobiliarios y capitales, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y además bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Para el cumplimiento de los objetos señalados la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en co-participación con terceros, sin perjuicio de todo lo que, de cualquier manera, tiene o tenga relación, con todo lo dicho; y la realización de cualquier otra actividad o negocio complementario o relacionado con los señalados en este artículo, pudiendo la sociedad celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas.- DOMICILIO: El domicilio social será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de instalar agencias o sucursales dentro o fuera del país. DURACION: La sociedad empezará a regir a contar de la fecha de escritura y tendrá una duración de cinco años, plazo que se entenderá prorrogado por períodos iguales y sucesivos, según forma estipulada en escritura social. CAPITAL: $9.000.000 aportados por partes iguales en dinero efectivo e ingresado íntegramente a caja social. A) Doña PALOMA FRANCISCA MOLINA SECCHI aporta la suma de $3.000.000; B) Doña CAROLINA ELIZABETH MOLINA SECHI, aporta la suma de $3.000.000, y C) Doña ANDREA CECILAI MOLIAN SECCHI, aporta la suma de $3.000.000.- ADMINISTRACION Y USO RAZON SOCIAL: corresponderá a doña PALOMA FRANCISCA MOLINA SECCHI, a doña CAROLINA ELIZABETH MOLINA SECCHI y a doña ANDREA CECILIA MOLINA SECCHI, debiendo actuar para obligar y representar a la sociedad dos de ellas de manera conjunta. Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 20 de Mayo de 2024.