Breik SpA
Instrumento
- Repertorio
- 6843-2024
- Notario
- LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
- Oficio
- Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $19.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos N°941, local 302, comuna de Santiago, certifica que con fecha 13 de mayo del 2024, se protocolizó ante, mi Suplente don Juan Cristian Berrios Castro bajo el Repertorio N°6843-2024 acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de Breik SpA, sociedad inscrita a fojas 8229 N° 3636, del Registro de Comercio de Santiago del año 2021 (en adelante la “Sociedad”), celebrada el 25 de abril del 2024 con la asistencia de los Accionistas: Pablo Senosiain Cabello, Pedro Halçartegaray Moncayo, Santiago Brunet Gutiérrez, Asesorías e Inversiones Viento Sur Ltda, Cerro Negro SpA, Inversiones Doña Dominga Ltda., Inversiones CZ SpA, Omar Larach Kaschel, Departamento Treinta y Uno SpA, Francisco Valencia Novoa y Felipe Claps Wilckens que representan la totalidad de las acciones con derecho a voto (en adelante la “Junta”). Por unanimidad, los accionistas acordaron, entre otros: 1) Eliminar 19 acciones nominativas, de una misma serie, y sin valor nominal pendientes de suscripción y pago de Breik SpA; 2) Como consecuencia de la eliminación de las acciones pendientes de suscripción y pago, reducir el capital social en $19.000, es decir, desde la suma actual de $321.380.000 dividido en 4500 acciones, a la nueva suma de $321.361.000, dividido en 4.481 acciones. 3) Aumentar el capital social en la suma de $150.025.000 es decir, desde la suma actual de $321.361.000, dividido en 4.481 acciones nominativas, de una misma serie, y sin valor nominal, a la nueva suma de $471.386.000, dividido en 4.834 acciones nominativas, de una misma serie, y sin valor nominal, mediante la emisión de 353 nuevas acciones de pago, todas de una misma serie y sin valor nominal, las cuales deberán ser suscritas y pagadas en el plazo de 3 años contados desde la fecha de celebración de la presente Junta. 4) Modificar los Artículos Quinto y Primero Transitorio de los estatutos sociales para materializar los acuerdos de la Junta. Demás estipulaciones en instrumento protocolizado. Santiago, 23 de mayo de 2024.