COMERCIALIZADORA A&G KANTU LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de marzo de 2024
- Repertorio
- 30380-2024
- Notario
- WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ
- Oficio
- 49ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalWLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, Notario Público Titular de la 49ª Notaría de Santiago, Amunategui 73, Santiago, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 28/03/2024, Repertorio 30.380 -2024, ante mi Suplente don Sergio Daniel Ulloa Ojeda, doña FLOR DE KANTU BISBEHE CHAVEZ ALVAREZ, peruana, factor de comercio, casada, C.I. N° 24.131.715-3, con domicilio en: PJE LAS NIEVES N° 1487, Conchalí, R.M., don DEIVI AMIR SANCHEZ SANTAMARÍA, peruano, factor de comercio, casado, C.I. N° 23.382.046-6, con domicilio en: PJE LAS NIEVES N° 1487, Conchalí, R.M., y don JAVIER IGNACIO ROJAS SANTIBAÑEZ, chileno, factor de comercio, casado, C.I. N° 14.395.857-4, con domicilio en: PJE. LAS NIEVES N° 1487, Conchalí, R.M., los comparecientes vienen en Modificar la Sociedad de Responsabilidad Limitada, “COMERCIALIZADORA A&G KANTU LIMITADA”, RUT. 77.836.984-2, que se constituyó por CERTIFICADO DIGITAL DE MIGRACION AL REGIMEN GENERAL con fecha 13/11/2023, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a Fs. 100492, número 42764, Registro Comercio Santiago, año 2023. El capital de la sociedad es $3.000.000.- Modificación consiste.- El socio DEIVI AMIR SANCHEZ SANTAMARÍA, es dueño del 50 % del haber social, en este acto viene en vender, ceder y transferir partes de sus derechos sociales a don JAVIER IGNACIO ROJAS SANTIBAÑEZ, quien compra, acepta y adquiere para sí, un 10 % de los derechos sociales, en la suma de $300.000.-, que el cesionario paga al cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo, y que éste declara recibir a su entera satisfacción.- Como consecuencia de la cesión de derechos anterior los únicos actuales socios quedan con los siguientes porcentajes, doña FLOR DE KANTU BISBEHE CHAVEZ ALVAREZ, con un 50 % del haber social, don DEIVI AMIR SANCHEZ SANTAMARÍA, con un 40 % del haber social, y don JAVIER IGNACIO ROJAS SANTIBAÑEZ, con un 10 % del haber social. La responsabilidad de cada uno de los socios, así como las respectivas utilidades y pérdidas, se reparten en proporción a su participación social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 22 de Mayo de 2024.-