MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

MARTA RIESLE E HIJOS LIMITADA

RUT 85802100-6 CVE 2496354
Fecha instrumento
8 de abril de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
8 de abril de 2024
Repertorio
1035-2024
Notario
PAMELA FERNANDA VASQUEZ AVENDAÑO
Oficio
37° Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PAMELA FERNANDA VASQUEZ AVENDAÑO, Notario Público suplente de la 37° Notaría Santiago, de doña Nancy de la Fuente Hernández, con oficio en calle Huérfanos 1117, oficina 1014 certifica por escritura pública fecha 8 de Abril de 2024 repertorio N° 1035-2024, ante mí titular, comparecieron MARCIAL FERNANDO AZOCAR RIESLE, ingeniero comercial, domiciliado Brasilia 800, departamento 1701, comuna Las Condes, cédula identidad número 5.478.647-6; MARTA STELLA AZOCAR RIESLE, factor de comercio, domiciliada San Damián n° 55, depto 82, comuna Las Condes, cédula identidad 5.478.646-8; MARIA CAROLINA AZÓCAR POOLEY, vendedora, domiciliada Padre Alfredo Arteaga n° 1601, depto 54, torre 2, comuna Lo Barnechea, cédula identidad 10,602.542-8, don ELISEO AZOCAR POOLEY, comunicador audiovisual, domiciliado en Las Hualtatas n°5375, depto 14, Vitacura, cédula identidad 10.214.744-8, PABLO FELIPE AZOCAR POOLEY vendedor, domiciliado Las Hualtatas n°5375, depto 14, Vitacura cédula identidad 10.821.412-0, MARTIN IGNACIO AZOCAR URRUTIA, médico, domiciliado Pasaje Romeral n° 9448, comuna Vitacura, cédula identidad 16.943.310-0 y MARÍA TERESA URRUTIA BORDAGARAY, dueña de casa, domiciliada Pasaje Romeral n° 9448, comuna Vitacura, cédula identidad 7.137.414-9 y modificaron sociedad “ Marta Riesle e Hijos Limitada” rut 85.802.100-6 con nombre de Fantasía “SERVICENTRO BRISAS DEL MAIPO LIMITADA” constituida escritura pública 31 Agosto 1978 otorgada Notaría Santiago Arturo Carvajal Escobar cuyo extracto se inscribió fojas 9.639 n° 5183 Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Santiago año 1978 y se publicó Diario Oficial 26 Septiembre 1978. Modificada tres oportunidades. Fecha 13 Agosto 1993 falleció socio Eliseo Tercero Azócar Riesle concediéndose posesión efectiva de sus bienes por auto de 7 Marzo 1996 del 21° Juzgado Civil de Santiago autos rol 403-1995 a sus herederos doña María Carolina Azócar Pooley, don Eliseo Azócar Pooley, don Pablo Felipe Azócar Pooley, don Martín Ignacio Azócar Urrutia y sin perjuicio derechos cónyuge sobreviviente María Teresa Urrutia Bordagaray, quienes pasaron a ser dueños de los derechos sociales del causante ascendentes al 12,76% y designaron por escritura pública 11 Agosto 1995 otorgada Notaría Santiago de Nancy de la Fuente Hernández a María Carolina Azócar Pooley como mandataria de la sucesión y de cuya designación se tomó nota margen inscripción sociedad. Socia Marta del Carmen Riesle Mujica falleció 1° Octubre 2020 habiendo otorgado testamento por escritura pública 3 Agosto 2012 Notaría Santiago don Raúl Iván Perry Pefaur. Posesión efectiva herencia concedida resolución 23 Abril y modificada por resolución 16 Junio ambas 2021 dictadas señor Juez Undécimo Juzgado Civil de Santiago autos rol V-2-2021 a sus hijos Marta Stella Azócar Riesle y Marcial Fernando Azócar Riesle y como herederos por derecho de representación a sus nietos doña María Carolina Azócar Pooley, don Eliseo Azócar Pooley, don Pablo Felipe Azócar Pooley y don Martín Ignacio Azócar Urrutia, quienes pasaron a ser dueños de los derechos sociales de la causante ascendentes al 61,72%. Por escritura pública 17 Diciembre 2021 rectificada por escritura pública 3 Mayo 2022 ambas Notaría Santiago Nancy de la Fuente Hernández, se procedió a efectuar partición y adjudicación derechos sociales de Marta del Carmen Riesle Mujica, adjudicándose Marcial Fernando Azócar Riesle y Marta Stella Azócar Riesle cada uno el 33,3333% de dichos derechos y María Carolina, Eliseo, Pablo Felipe todos Azócar Pooley y Martín Ignacio Azócar Urrutia se adjudicaron cada uno de ellos el 8,333% de dichos derechos sociales. Por escritura pública 24 de Julio 2023 otorgada Notaría Santiago Nancy de la Fuente Hernández se procedió a partición de los derechos de la sucesión de Eliseo Tercero Azócar Riesle en la sociedad Marta Riesle e Hijos Limitada ascendentes un 12,76%, adjudicándose un 33.333% doña María Teresa Urrutia Bordagaray, cónyuge sobreviviente y un 16,66% para cada de los hijos María Carolina, Eliseo, Pablo Felipe todos Azócar Pooley y Martín Ignació Azócar Urrutia. Consecuencia partición modificaron sociedad quedando como únicos socios en la sociedad Marta Riesle e Hijos Limitada, don Marcial Fernando Azócar Riesle a quien corresponde un treinta y tres coma trescientos treinta y tres por ciento de los derechos sociales; doña Marta Stella Azócar Riesle a quien corresponde un treinta y tres coma trescientos treinta y tres por ciento de los derechos sociales; doña María Teresa Urrutia Bordagaray a quien corresponde un cuatro coma doscientos cincuenta y tres por ciento de los derechos sociales heredados de su cónyuge, doña María Carolina Azócar Pooley, don Eliseo Azócar Pooley, don Pablo Felipe Azócar Pooley y Martín Ignacio Azócar Urrutia correspondiendo a cada uno de ellos un siete coma doscientos sesenta y nueve por ciento del capital social, de los cuales un dos coma ciento veintiseis por ciento lo heredaron de su padre y un cinco coma ciento cuarenta y tres por ciento de su abuela. Comparecientes modifican el objeto social ampliándolo a la celebración de contratos de arrendamiento sobre bienes muebles e inmuebles sea como arrendadora o arrendataria. Modifican también la cláusula séptima del pacto social en el sentido que las utilidades y pérdidas se repartirán entre los socios en propoción a sus aportes.En todo lo no modificado rige pacto social constitutivo y modificaciones posteriores Santiago, 14 de Mayo de 2024.