CLINICA ANDES SALUD EL LOA S.A.
Instrumento
- Fecha
- 11 de abril de 2024
- Notario
- TOMAS ALBERTO FERNÁNDEZ GÓMEZ
- Oficio
- Segunda Notaría y Conservador de Minas de Antofagasta
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalTOMAS ALBERTO FERNÁNDEZ GÓMEZ, Notario Público Suplente de la Segunda Notaría y Conservador de Minas de Antofagasta, de don Julio Abasolo Aravena, con oficio en Antofagasta, calle Washington No. 2653, certifico: Que con fecha 23 de abril de 2024, ante mí, se redujo a escritura pública Acta Junta Extraordinaria de Accionistas de CLINICA ANDES SALUD EL LOA S.A., rol único tributario No. 96.802.800-6, celebrada el 11 de abril de 2024, inscrita a fojas 69 número 40 en el Registro de Comercio de El Loa-Calama del año 1997, que acordó incorporar actividades al objeto de la compañía, modificando el artículo CUARTO del TÍTULO PRIMERO de los estatutos sociales de tal manera que quedó del siguiente tenor: “ARTÍCULO CUARTO: La sociedad tiene por objeto la prestación de servicios propios de Clínicas y Hospitales, en particular: A) La creación, instalación, mantención y/o explotación de Clínicas Médicas o dentales y centros médicos, propios o arrendados para la atención, recuperación y conservación de la salud. B) La instalación y/o explotación de laboratorios clínicos, propios o arrendados, destinados a practicar exámenes médicos de cualquier naturaleza, incluidos el laboratorio clínico general, laboratorio de anatomía patológica y de imagenología con radiología general, eco tomografía, escáner, resonancia nuclear magnética y de toda otra forma de diagnóstico por imágenes y en general, todo tipo de análisis diagnóstico que ayude a tratamientos y procedimientos médicos. C) La prestación de servicios médicos y de enfermería, en cualquiera de sus especialidades. D) Adquirir, comprar, vender, enajenar, importar, exportar, distribuir y comercializar instrumentos, aparatos y productos médicos, farmacéuticos y de laboratorio. E) Explotar rubros de farmacia y laboratorio clínico, la compra y venta de abarrotes y productos alimenticios, venta de artículos de perfumería y cosméticos, para su comercialización a través de sus farmacias con venta directa al público.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Antofagasta, 23 de Abril de 2024.