SOCIEDAD COMERCIAL E INDUSTRIAL AGROMAR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 9 de mayo de 2024
- Notario
- Félix Jara Cadot
- Oficio
- 41 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
El objeto de la sociedad es el Comercio y explotación agrícola, forestal, industrial, marítima, en todos sus aspectos y recursos, sin limitación, así como el ejercicio de actividades de acuicultura, económicas o productivas, la comercialización de recursos hidrobiológicos, compra y venta de recursos hidrobiológicos, de productos del mar, peces, algas o moluscos, la transformación, elaboración o industrialización de recursos hidrobiológicos, sin perjuicio de lo que los socios acuerden o determinen
Personas y entidades (3)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| INVERSIONES EDIMBURGO SpA | socio | 76225621-5 | — | — | |
| INVERSIONES GUES SpA | socio | 76225627-4 | — | — | |
| SOCIEDAD COMERCIAL E INDUSTRIAL AGROMAR LIMITADA | socio | 89042600-K | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFélix Jara Cadot, Notario Público 41 Notaría Santiago, Huérfanos 1160, subsuelo, certifica: Por escritura pública fecha 9 de mayo de 2024, ante mí, INVERSIONES EDIMBURGO SpA, RUT: 76.225.621-5, debidamente representada, domiciliada en calle Freire 70, comuna y ciudad de Dalcahue, Región de Los Lagos; e INVERSIONES GUES SpA, RUT: 76.225.627-4, debidamente representada, domiciliada en calle Blanco Encalada 244 oficina A-1, comuna y ciudad de Castro, Región de Los Lagos; ambos los únicos socios de SOCIEDAD COMERCIAL E INDUSTRIAL AGROMAR LIMITADA, RUT: 89.042.600-K, inscrita a fojas 74, número 38 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Castro correspondiente al año 1982, vienen a modificar el objeto de la sociedad, quedando en el siguiente sentido: OBJETO: El objeto de la sociedad es el Comercio y explotación agrícola, forestal, industrial, marítima, en todos sus aspectos y recursos, sin limitación, así como el ejercicio de actividades de acuicultura, económicas o productivas, la comercialización de recursos hidrobiológicos, compra y venta de recursos hidrobiológicos, de productos del mar, peces, algas o moluscos, la transformación, elaboración o industrialización de recursos hidrobiológicos, sin perjuicio de lo que los socios acuerden o determinen.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 10 mayo 2024.