CONSTRUCTORA TRÉBOL SpA
Instrumento
- Fecha
- 30 de abril de 2024
- Repertorio
- 20035-2024
- Notario
- María Soledad Lascar
- Oficio
- Trigésima Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $8.500.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Soledad Lascar, Notario Público de la Trigésima Octava Notaría de Santiago, con oficio ubicado en calle Miraflores N°178, piso 5°, certifica: por escritura pública de fecha 30 de abril del año 2024, repertorio Nº20.035-2024, ante mí, don JOSÉ DOMINGO TOMÁS RÍOS MARCUELLO, en calidad de Empresario Unipersonal, la sociedad INVERSIONES PIEDRA AZUL LIMITADA y la sociedad INVERSIONES R Y B LIMITADA, en su calidad de actuales y únicos accionistas de la sociedad CONSTRUCTORA TRÉBOL SPA, inscrita a fojas 9.768, N°5.390, Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1975, acordaron aumentar el capital de la sociedad de la suma de $8.500.000.000, dividido en 106.421 acciones, nominativas, sin valor nominal y de una serie, íntegramente suscrito y pagado, a la suma de $10.000.051.213 pesos, dividido en 125.200 acciones, nominativas, sin valor nominal y de una serie, aumentándose el capital en la suma de $1.500.051.213 pesos, mediante la emisión de 18.779 acciones, nominativas, sin valor nominal y de una serie, representativas de este aumento de capital, las que se suscriben íntegramente, pagándose en el acto la suma de $200.000.000. Las acciones de pago emitidas conforme al aumento de capital acordado se suscribieron íntegramente por INVERSIONES R Y B LIMITADA, y se pagaron en los siguientes términos: A) Con la suma de $200.000.000, que comprende: Uno) 2.503 acciones equivalentes a la cantidad de $199.937.600 pagadas íntegramente en ese acto; y Dos) 1 acción parcialmente pagada con la suma de $62.400, quedando pendiente de pago por dicha acción la cantidad de $17.479, que deberá ser pagada en el plazo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado. B) Las 16.275 acciones restantes, suscritas en virtud del aumento de capital acordado, serán pagadas en el plazo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Comparecieron los únicos accionistas de la Sociedad, lo que fue certificado por el Notario que autoriza, quien tiene a la vista el Registro de Accionistas. Santiago, 30 de abril del año 2024. María Soledad Lascar, Notario Público.