Orbe Obras Ambientales SpA
Instrumento
- Fecha
- 2 de mayo de 2024
- Notario
- Félix Jara Cadot
- Oficio
- 41 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Administración
La administración de la sociedad será ejercida por don Juan Carlos Olcay Cárdenas y)o don Luis Alberto Olcay Cárdenas, quienes actuando indistinta e individualmente representarán a la sociedad con amplias facultades según indica escritura extractada. Se acordó derogar los artículos Décimo Segundo al Décimo Noveno, ambos inclusive, del Título Tercero de los Estatutos Sociales, que toda referencia al Directorio en los estatutos se entenderá efectuada a la Administración, y se reemplazó el artículo Vigésimo de los Estatutos por el señalado en la escritura extractada
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Acta Junta Extraordinaria de Accionistas de Orbe Obras Ambientales SpA | socio | 76192735-3 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFélix Jara Cadot, Notario Público 41 Notaría Santiago, Huérfanos 1160, subsuelo, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, se redujo a escritura pública Acta Junta Extraordinaria de Accionistas de Orbe Obras Ambientales SpA, RUT 76.192.735-3, inscrita a fojas 37.614 número 26.439 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del 2012, en la que se acordó lo siguiente: Modificar la administración de la sociedad reemplazando al actual Directorio por un Administrador con amplias facultades, para lo cual se designó a Juan Carlos Olcay Cárdenas y a Luis Alberto Olcay Cárdenas como administradores. Se modificó la cláusula Décimo Primera de los estatutos sociales, de la siguiente forma: Décimo Primero: Administración. La administración de la sociedad será ejercida por don Juan Carlos Olcay Cárdenas y/o don Luis Alberto Olcay Cárdenas, quienes actuando indistinta e individualmente representarán a la sociedad con amplias facultades según indica escritura extractada. Se acordó derogar los artículos Décimo Segundo al Décimo Noveno, ambos inclusive, del Título Tercero de los Estatutos Sociales, que toda referencia al Directorio en los estatutos se entenderá efectuada a la Administración, y se reemplazó el artículo Vigésimo de los Estatutos por el señalado en la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 2 mayo 2024.