LNG Tugs Chile S.A.
Instrumento
- Fecha
- 24 de abril de 2024
- Notario
- MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, abogada, Notario Público Titular de la 38ª Notaría de Santiago, Miraflores 178, piso 5, Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 24 de abril de 2024, Repertorio Nro. 19.004/2024, ante mí, se redujo a escritura pública el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad LNG Tugs Chile S.A., celebrada con fecha 18 de abril de 2024 ante el Notario Público don Juan Antonio Lecaros Moreno, suplente de la Titular de la Tercera Notaría de Valparaíso, doña Paola Deborah Stack Lara, en la que se acordó disminuir el capital social de la cantidad de USD 500.000.-, dividido en 1.000.000 de acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, a la cantidad de USD250.000.- dividido en el mismo número de acciones, distribuyendo dichos fondos, en dinero efectivo, conforme a la participación societaria de cada uno de los accionistas, según plazos que se indican en escritura extractada. En atención a lo anterior, la Junta acordó por unanimidad reemplazar los Artículos Quinto y Segundo Transitorio de los estatutos sociales, referentes al capital social y al modo de enterarlo, por los siguientes: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la cantidad de doscientos cincuenta mil dólares de los Estados Unidos de América, dividido en un millón de acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, que se suscriben, enteran y pagan en la forma que se indica en el Artículo Segundo Transitorio.” y “Artículo Segundo Transitorio: El capital de la sociedad de doscientos cincuenta mil dólares de los Estados unidos de América, dividido en un millón de acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, se encuentra íntegramente suscrito y pagado.” En todo lo no modificado precedentemente, se mantiene plenamente vigente el pacto Social de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para su legalización. Santiago, 30 de abril de 2024.