CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

BARKER LANGER GROUP SpA

RUT 17070238-7 CVE 2494706
Capital
$50.000.000 CLP
Fecha instrumento
14 de mayo de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
14 de mayo de 2024
Notario
VALERIA RONCHERA FLORES
Oficio
décima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$50.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: a) Ofrecer todo tipo de actividades relacionadas con la inversión de dineros y)o valores en toda clase de bienes, sean muebles o inmuebles, corporales o incorporales, en especial, acciones, bonos, debentures, cuotas o planes de ahorro y)o capitalización, derechos en sociedades de personas o de cualquier otra naturaleza, la percepción de los beneficios o ganancias que de estas se deriven y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; la administración de dichas inversiones, y constituir o formar parte de sociedades de cualquier naturaleza; b) Ofrecer todo tipo de actividades relacionadas con soluciones integrales correspondientes a la creación, planificación, elaboración, desarrollo, explotación de proyectos, anteproyectos y todas aquellas actividades profesionales de carácter específico o integral, en todas las gamas y alternativas que acuerden los socios en materias de asesorías comerciales, gestión empresarial, gestión profesional y técnica de negocios, legales, financieras, económicas, mercantiles de inversiones, administrativas y consultorías en el apoyo de negocios o “back office” a sociedades, empresas, asociaciones e instituciones tanto externas como empresas relacionadas; c) La administración por cuenta propia o ajena de toda clase de negocios o agencias, representaciones, licencias, marcas comerciales, empresas o bienes de cualquier naturaleza tanto filiales como externas además de empresas relacionadas; d) Constituir, adquirir o integrar como asociada o en cualquier otra forma, empresas, sociedades o asociaciones e instituciones de cualquier especie, tanto en Chile como en el extranjero; para el logro de sus objetivos, la sociedad podrá concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase o naturaleza o de comunidades y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquellas de que forme parte. e) La adquisición, enajenación, compra, venta, comercialización, permuta, garantía, arrendamiento, subarrendamiento, usufructo, subdividir, fusionar, administración y explotación, entre otros actos jurídicos, de bienes raíces o de derechos sobre estos, corporales e incorporales; f) La comercialización y explotación de sus productos y la celebración de los actos, contratos y negocios que directa o indirectamente se relacionen con los objetivos señalados; g) Cobrar y percibir precios, rentas y frutos proveniente de éstos, invertirlos o reinvertirlos sin limitaciones de ninguna especie; h) En general, toda clase de actividades relacionadas directa o indirectamente con las anteriores, y que acuerden los socios, conducentes al mejor cumplimiento del

Administración

Corresponderá a don don PATRICIO ANDRÉS BARKER DÍAZ, C.I N°17.070.238-7 y a don ALEJANDRO ANDRÉS ABRAHAM YAÑEZ QUEZADA, C.I. N°16.569.817-7, para que actuando indistintamente, ejerzan la administración y representen a la Sociedad con las facultades que se indican en la escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VALERIA RONCHERA FLORES, abogado, Notario Público Titular de la décima Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N°1287, Santiago. CERTIFICO: por escritura pública de fecha de hoy, ante mí: Don PATRICIO ANDRÉS BARKER DÍAZ, chileno, casado y separado de bienes, abogado, cédula de identidad número diecisiete millones setenta mil doscientos treinta y ocho guion siete, domiciliado para estos efectos en Avenida Santa Clara número trescientos uno, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana; y don ALEJANDRO ANDRÉS ABRAHAM YÁÑEZ QUEZADA, chileno, casado, factor de comercio, cédula de identidad número dieciséis millones quinientos sesenta y nueve mil ochocientos diecisiete guion siete, domiciliado en Parcela Treinta A, Águila Sur, comuna de Paine, Provincia de Maipo, y de paso en esta, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad por acciones, que se regirá por los siguientes estatutos: NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: “BARKER LANGER GROUP SpA”. OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: a) Ofrecer todo tipo de actividades relacionadas con la inversión de dineros y/o valores en toda clase de bienes, sean muebles o inmuebles, corporales o incorporales, en especial, acciones, bonos, debentures, cuotas o planes de ahorro y/o capitalización, derechos en sociedades de personas o de cualquier otra naturaleza, la percepción de los beneficios o ganancias que de estas se deriven y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; la administración de dichas inversiones, y constituir o formar parte de sociedades de cualquier naturaleza; b) Ofrecer todo tipo de actividades relacionadas con soluciones integrales correspondientes a la creación, planificación, elaboración, desarrollo, explotación de proyectos, anteproyectos y todas aquellas actividades profesionales de carácter específico o integral, en todas las gamas y alternativas que acuerden los socios en materias de asesorías comerciales, gestión empresarial, gestión profesional y técnica de negocios, legales, financieras, económicas, mercantiles de inversiones, administrativas y consultorías en el apoyo de negocios o “back office” a sociedades, empresas, asociaciones e instituciones tanto externas como empresas relacionadas; c) La administración por cuenta propia o ajena de toda clase de negocios o agencias, representaciones, licencias, marcas comerciales, empresas o bienes de cualquier naturaleza tanto filiales como externas además de empresas relacionadas; d) Constituir, adquirir o integrar como asociada o en cualquier otra forma, empresas, sociedades o asociaciones e instituciones de cualquier especie, tanto en Chile como en el extranjero; para el logro de sus objetivos, la sociedad podrá concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase o naturaleza o de comunidades y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquellas de que forme parte. e) La adquisición, enajenación, compra, venta, comercialización, permuta, garantía, arrendamiento, subarrendamiento, usufructo, subdividir, fusionar, administración y explotación, entre otros actos jurídicos, de bienes raíces o de derechos sobre estos, corporales e incorporales; f) La comercialización y explotación de sus productos y la celebración de los actos, contratos y negocios que directa o indirectamente se relacionen con los objetivos señalados; g) Cobrar y percibir precios, rentas y frutos proveniente de éstos, invertirlos o reinvertirlos sin limitaciones de ninguna especie; h) En general, toda clase de actividades relacionadas directa o indirectamente con las anteriores, y que acuerden los socios, conducentes al mejor cumplimiento del objeto social.- CAPITAL: El capital de la Sociedad es la suma de $50.000.000, dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, de una misma y única serie, sin valor nominal. El capital de la Sociedad se suscribe y paga de conformidad al Artículo Primero Transitorio. DURACIÓN: Indefinida. DOMICILIO: El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer oficinas, agencias, establecimientos o sucursales en otros puntos del país o en el extranjero. ADMINISTRACIÓN: Corresponderá a don don PATRICIO ANDRÉS BARKER DÍAZ, C.I N°17.070.238-7 y a don ALEJANDRO ANDRÉS ABRAHAM YAÑEZ QUEZADA, C.I. N°16.569.817-7, para que actuando indistintamente, ejerzan la administración y representen a la Sociedad con las facultades que se indican en la escritura extractada.- Demás estipulaciones en escritura extractada, Santiago, 14 de mayo de 2024.